Contraloría General de la República · N° 000489N14
Dictamen N° 489, de 3 de enero de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 489 Fecha: 03-I-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Loreto Vargas Guerra, funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Central, con actual desempeño en el Hospital San Borja Arriarán, para solicitar la nulidad de su evaluación 2011-2012, realizada en la Dirección de Atención Primaria de ese servicio, por haber sido notificada fuera de plazo, tanto de su calificación, como de la resolución que desestimó su apelación. En su informe, la aludida dirección expuso, que el retraso que alega la peticionaria se debió a que hizo uso de licencia médica desde el mes de junio y hasta agosto de 2012 y, que a contar de septiembre de esa anualidad, se dispuso su traslado al Hospital San Borja Arriarán. Sobre el particular, cumple con señalar, que si bien de los antecedentes acompañados se observa que las actuaciones que impugna la recurrente le fueron comunicadas en forma extemporánea, ello no afecta la validez del proceso de que se trata, atendido que conforme al criterio contenido en el dictamen N° 44.193, de 2013, entre otros, de este origen, los plazos conferidos a la Administración para ejecutar determinados actos no son fatales, por lo que corresponde rechazar su reclamo en este sentido. Enseguida, y en cuanto a que la resolución que recayó sobre su apelación le fue notificada en forma verbal, es menester indicar que del instrumento respectivo consta que para cumplir con dicho trámite, la afectada fue citada, vía telefónica, a la mencionada dirección, concurriendo el día 25 de enero de 2013, oportunidad en que firmó el acta pertinente, no advirtiéndose alguna irregularidad acerca de este punto. Finalmente, la señora Vargas Guerra sostiene que su calificación carece de fundamento, lo que le impide mejorar su condición laboral y funcionaria. Al respecto, cabe anotar que del análisis de su evaluación aparece que la Junta Calificadora decidió mantener las notas de la precalificación de la servidora en todos los factores y que en su hoja de vida se consigna su bajo rendimiento en todas las tareas asignadas y su falta de interés en integrarse de manera positiva a las unidades donde se desempeña, antecedentes que le permitieron ejercer una adecuada defensa, por lo que tampoco procede acoger su alegación sobre la materia. Transcríbase a la Dirección de Atención Primaria del Servicio de Salud Metropolitano Central. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 000489N14, de 3 de enero de 2014.
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