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Contraloría General de la República · N° 042705N12

Dictamen N° 42.705, de 17 de julio de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 42.705 Fecha: 17-VII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Silvia Aguilera Valenzuela, ex servidora de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, en adelante DIPRECA, para solicitar un pronunciamiento que determine si tiene derecho al beneficio de incentivo al retiro de la ley N° 19.882. Hace presente que los últimos 25 años trabajó en el hospital de esa Dirección, y que cesó en funciones a contar de octubre de 2011, de acuerdo con las disposiciones del Código del Trabajo. Sobre el particular, cabe manifestar que los artículos séptimo y octavo de la ley N° 19.882, otorgan una bonificación por retiro para los funcionarios de carrera y a contrata que tengan 60 o más años, si son mujeres, y que comuniquen su decisión de presentar la renuncia voluntaria a sus cargos, en la época que se señala, la que será equivalente a un mes de remuneración imponible por cada dos años de servicio en las entidades señaladas en su artículo octavo -entre las que se encuentra DIPRECA-, con un máximo de nueve meses y cuyo monto se incrementará en un mes para las funcionarias. Precisado lo anterior, cabe tener presente que tal como lo ha señalado la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 12.197 y 21.426, ambos de 2011, dentro de los trabajadores a que se refiere la ley en comento, no se encuentran incluidos aquellos servidores sujetos a la legislación laboral común, por lo que no les asiste el derecho a percibir el beneficio de que se trata. Ahora bien, y en atención a que la ex servidora se encontraba desde el año 1986, contratada en el Hospital DIPRECA, de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, según se establece en la resolución N o 138, de 1986, que aprueba el respectivo convenio, modificado por la resolución N° 554, de 2006 y la resolución N° 434, de 2011, que pone término a su relación laboral, todas de DIPRECA, sólo cabe manifestar que la recurrente carece del derecho a acceder a la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 19.882. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 042705N12, de 17 de julio de 2012.

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