Contraloría General de la República · N° 031362N10
Dictamen N° 31.362, de 11 de junio de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 31.362 Fecha: 11-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Orlando Pinochet Lagos, ex funcionario del Ejército de Chile, consultando si el descuento por concepto de seguro de vida que se le efectuó en sus remuneraciones, se encuentra ajustado a derecho. Requerida para que informe al respecto, la mencionada institución castrense ha manifestado, en síntesis, que los descuentos por el aludido seguro obedece al cumplimiento del dictamen N° 7.976, de 2005, de este Órgano de Control, que dispone la obligación de mantenerlo respecto de todo su personal. Sobre el particular, cabe expresar que mediante el aludido oficio, se informó, que conforme a lo establecido en el artículo 8° de la ley N° 18.660, que sustituyó el decreto ley N° 1.092, de 1975, la obligación de mantener el seguro de vida contemplado en el decreto ley N° 807, de 1925, comprenderá, entre otros, a todos los personales de las Fuerzas Armadas, sean de planta, a contrata, en conscripción, en comisión de servicios o que trabajen a cualquier título para las referidas reparticiones, el que deberá contratarse en las respectivas mutualidades institucionales, cuando las haya o, en su defecto, en otra corporación mutualista o entidad autorizada para asegurar, por el monto que indica. Como es dable advertir, el seguro de vida regulado en la precitada norma legal, es obligatorio mientras el empleado se encuentre en servicio activo, tal como se precisara en los dictámenes N os 5.185 y 60.036, ambos de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora. Por consiguiente, en mérito de lo expuesto, resulta forzoso concluir que el procedimiento adoptado por el Ejército de Chile, en orden a descontar de las remuneraciones del interesado una prima para cubrir un seguro de vida, en los términos exigidos por el decreto ley N° 1.092, de 1975, se encuentra ajustado a derecho. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 031362N10, de 11 de junio de 2010.
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