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Contraloría General de la República · N° 023581N17

Dictamen N° 23.581, de 28 de junio de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 23.581 Fecha: 28-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Hernán Sánchez Huenchuman, exonerado político, reclamando, por los motivos que indica, en contra de lo determinado en el dictamen N° 78.678, de 2016, de este origen. Sobre el particular, cabe recordar que a través de dicho pronunciamiento, esta Entidad de Control estableció, dado que el peticionario optó por percibir una pensión no contributiva, que se generó una incompatibilidad entre aquella y la pensión de régimen a la que también tenía derecho, por lo que no puede recibir conjuntamente ambas prestaciones. Al respecto, es útil reiterar, en virtud de lo previsto en el artículo 16 de la ley N° 19.234, y de lo sostenido por este Órgano de Control en sus dictámenes N os 86.881, de 2014 y 15.876, de 2015, entre otros, que las pensiones no contributivas a que se refieren los artículos 6° y 15 del anotado texto legal, son incompatibles con cualquiera otra proveniente de los regímenes previsionales que hayan obtenido o a que puedan tener derecho los interesados, con excepción de las concedidas conforme al decreto ley N° 3.500, de 1980, y lo serán, igualmente, con el otorgamiento de bonos de reconocimiento regulados en el precitado decreto ley, sin perjuicio del derecho a opción a que hubiere lugar entre ambos beneficios. Ahora bien, en atención a que en esta oportunidad el señor Sánchez Huenchuman no ha proporcionado antecedentes diversos a los ya examinados, que permitan modificar lo concluido en el referido oficio N° 78.678, de 2016, este se ratifica. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 023581N17, de 28 de junio de 2017.

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