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Contraloría General de la República · N° 023267N13

Dictamen N° 23.267, de 17 de abril de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 23.267 Fecha : 17-IV-2013 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don José Andrés Cruces González, exfuncionario del antiguo Servicio de Prisiones, exonerado político, para solicitar la reliquidación de su pensión no contributiva, por gracia, considerando su remuneración percibida al 11 de septiembre de 1973, incluyendo un quinquenio penitenciario. Requerida de informe, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile manifiesta, en síntesis, que el monto de la aludida prestación, determinado sobre la base del cargo que servía el recurrente a la data de su exoneración, es mayor que aquel que se obtendría al efectuar el respectivo cálculo en la forma impetrada. Sobre el particular, cabe manifestar que esta Entidad de Control ha concluido en los dictámenes N os. 31.798, de 2004 y 38.152, de 2007, los que se ratifican en todas sus partes, que la jubilación no contributiva, por gracia, del peticionario, es más favorable que aquella que podría obtener incorporando en su cálculo el quinquenio reclamado. Lo anterior, atendido a que al interesado no le resulta aplicable el inciso sexto del artículo 12 de la ley N° 19.234, toda vez que, al 11 de septiembre de 1973, data en que estaba reconocido el referido quinquenio, percibía una remuneración menor a la que tenían asignadas sus labores a la data de su exoneración y que, en definitiva, le ha significado percibir su beneficio previsional en el grado 13 de la E.U.S. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir, una vez más, que la pensión no contributiva, por gracia, que actualmente percibe el solicitante, es más favorable que si se reliquidara ésta en los términos requeridos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 023267N13, de 17 de abril de 2013.

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