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Contraloría General de la República · N° 037494N13

Dictamen N° 37.494, de 12 de junio de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 37.494 Fecha: 12-VI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Raúl Revillar Pino, exdocente de la Corporación Municipal de Lo Prado, para solicitar el otorgamiento de la bonificación de la ley N° 20.305. Requerido su informe, esa entidad manifiesta, en síntesis, que al interesado no le corresponde el beneficio en cuestión, en atención a que lo pidió con posterioridad a su cese de funciones. Al respecto, es necesario expresar que el artículo 1° de la ley N° 20.305, en su inciso primero, otorga un bono de naturaleza laboral, entre otros, a los trabajadores que hayan sido traspasados o se traspasen a las municipalidades en virtud de lo dispuesto por el decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del entonces Ministerio del Interior, como acontece en el caso de las corporaciones municipales. Agrega el artículo 2°, N° 1, de la misma norma, que pueden acceder a esa bonificación quienes mantengan dicha calidad, tanto al momento de postular, como con anterioridad al 1 de mayo de 1981. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que el recurrente trabajó en la aludida corporación hasta el 17 de marzo de 2010, y luego, el 12 de febrero de 2013 -cuando ya no era empleado de ese organismo-, presentó su solicitud para acogerse al citado beneficio. En consecuencia, don Raúl Revillar Pino no tiene derecho al bono previsto en la ley N° 20.305, ya que a la data de efectuar su postulación, no se desempeñaba en alguna de las entidades que exige la normativa. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 037494N13, de 12 de junio de 2013.

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