Contraloría General de la República · N° 057434N14
Dictamen N° 57.434, de 29 de julio de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 57.434 Fecha: 29-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Sánchez Araya, funcionario de Gendarmería de Chile, reclamando en contra de su evaluación del período 2012-2013, en la que fue ubicado en Lista N° 1. Requerido su informe, el mencionado organismo manifestó, en síntesis, que dicha calificación se ajustaría a la normativa que regula la materia. Sobre el particular, cabe expresar que el artículo 46 del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, Estatuto del Personal perteneciente a las plantas I y II de esa institución penitenciaria, en relación con el artículo 160 de la ley N° 18.834, permite solicitar la revisión de la evaluación, siempre que se interponga ante este Órgano de Control el recurso que otorga este último texto legal, dentro del término de diez días contado desde la notificación del fallo de la apelación deducida en contra del acuerdo de la Junta Clasificadora, requisito que no se cumple en la situación en estudio. En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el ocurrente, con fecha 18 de febrero de 2014, fue notificado de la resolución que resolvió su recurso de apelación, reclamando de tal medida, ante esta Entidad Fiscalizadora, el día 5 de marzo de 2014, esto es, una vez transcurrido los aludidos diez días, por lo que se desestima su petición. Transcríbase a Gendarmería de Chile y a la Contraloría Regional de Atacama. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 057434N14, de 29 de julio de 2014.
Artículos que cita
Más sobre calificaciones
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La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
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La Contraloría concluye que el proceso calificatorio del funcionario se ajustó a la normativa: la subrogancia del jefe directo es válida, no se exige notificar la precalificación ni autoevaluación, y el informe a jefaturas anteriores se solicitó por escrito, sin vicios.
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La Contraloría concluye que el Servicio de Salud Metropolitano Norte puede emitir lineamientos internos para objetivar la evaluación de cada factor calificatorio, siempre que no cree nuevos factores, requisitos ni ponderaciones y respete la ley. Además, la junta calificadora debe integrarse solo con profesionales funcionarios de mayor jerarquía, excluyendo a quienes no tengan esa calidad.
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