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Contraloría General de la República · N° 076659N11

Dictamen N° 76.659, de 7 de diciembre de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 76.659 Fecha: 07-XII-2011 Se ha remitido a esta Contraloría General, para su toma de razón, la resolución N° 341, de 2011, del Fondo Nacional de Salud, que aplica la medida disciplinaria de destitución a don Fidel Andrés Vargas Riveros, funcionario de esa dependencia, como consecuencia del sumario administrativo ordenado instruir a través de la resolución exenta N° 3.032, de 2010, del citado servicio. Por su parte, el afectado se ha dirigido a esta Entidad de Control, para reclamar en contra de la decisión adoptada por la autoridad, alegando una serie de actuaciones que, en su concepto, habrían vulnerado su derecho a defensa. Ahora bien, efectuado el análisis del expediente sumarial, se advierte que el aludido servidor interpuso un recurso de reposición respecto de la resolución exenta N° 4.230, de 2011, que aplicó la anotada sanción, el cual fue rechazado por la autoridad, toda vez que, según se informa en la nota interna 4A/N° 409, de 2011, incluida en el legajo examinado, el sumariado ya lo habría deducido con anterioridad, por lo que su ulterior presentación debía tenerse por no efectuada, al haber operado la preclusión del derecho para ejercer ese medio de impugnación. Sobre el particular, es menester advertir que lo expuesto en el proceso no es efectivo, ya que lo que se presentó en la mencionada ocasión fue una solicitud de audiencia al Director del Fondo Nacional de Salud, de modo que la reposición interpuesta el 9 de agosto de 2011, encontrándose el sumariado aún dentro de plazo para recurrir, deberá ser resuelta por esa autoridad, en forma previa a la emisión del respectivo documento sancionador. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo en estudio. En consecuencia, este Organismo Fiscalizador se abstiene, en esta oportunidad, de pronunciarse sobre las presentaciones del señor Vargas Riveros, atendido que el procedimiento disciplinario del que derivan sus reclamos todavía no se encuentra afinado, ya que aún tiene una instancia de defensa que debe ser resuelta, según lo ordenado en el presente oficio, como lo es su reposición pendiente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 076659N11, de 7 de diciembre de 2011.

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