Contraloría General de la República · N° 017954N17
Dictamen N° 17.954, de 17 de mayo de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 17.954 Fecha: 17-V-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Alicia del Carmen Canio Ancamil, quien reclama porque se le ha negado el derecho a acceder a una pensión de invalidez, aun cuando padecería de enfermedades que la harían procedente, solicitando, además, que esta Entidad de Control autorice su desvinculación laboral con el Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, por los motivos que expone. Sobre el particular, cabe anotar, de conformidad con lo previsto en el artículo 47, N° 4, de la ley N° 20.255, que es atribución de la Superintendencia de Pensiones velar por el cumplimiento de la legislación relativa al proceso de calificación de invalidez, en lo que interesa, para los afiliados al sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, por lo que cumple esta Contraloría General con remitir a esa entidad los antecedentes de la referencia para los fines procedentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, y con lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, de este origen, que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico, por corresponderle la resolución del caso de que se trata y dar respuesta directa a la peticionaria. A su vez, en lo que atañe a la petición de que se autorice el término de la relación laboral que mantendría con el Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, es pertinente aclarar que ello corresponde a un acto voluntario de la ocurrente, en el que no tiene injerencia esta Contraloría General. Transcríbase a la señora Alicia del Carmen Canio Ancamil. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 017954N17, de 17 de mayo de 2017.
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