Contraloría General de la República · N° 055903N13
Dictamen N° 55.903, de 2 de septiembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 55.903 Fecha: 02-IX-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Edgardo Tritini Lillo, en representación, según indica, de la Junta de Vecinos N° 2 “Villa Sur”, de la comuna de Pedro Aguirre Cerda, solicitando se ordene a la municipalidad del mismo nombre, el cumplimiento del dictamen N° 45.011, de 2012, de este origen, que manifestó que el nuevo período de duración de los directorios de las organizaciones comunitarias -correspondiente a tres años-, establecido en virtud de una modificación introducida por la ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, al artículo 19 de la ley N° 19.418, Sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, es aplicable también a aquellas agrupaciones constituidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la mencionada ley N° 20.500. Sobre el particular, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° , inciso tercero, de la ley N° 10.336 -de Organización y Atribuciones de la Contraloría General-, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia se interpuso acción de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, en causa Rol N° 125-2013, respecto de la cual se dictó sentencia de primera instancia con fecha 13 de agosto de 2013. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 055903N13, de 2 de septiembre de 2013.
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