Contraloría General de la República · N° 053432N13
Dictamen N° 53.432, de 21 de agosto de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 53.432 Fecha: 21-VIII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Alejandro Andrés Jaramillo Almonacid, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 46.136, de 2013, de este origen, en el cual se determinó, por las razones que en dicho oficio se señalaron, que la evaluación del interesado, correspondiente al año 2012, se ajustó a derecho. No obstante lo anterior, cabe indicar que el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa entidad policial, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, previene que los empleados de aquélla pueden requerir se revise su calificación siempre que sean ubicados, en lo que interesa, por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, e interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Contraloría General, dentro del plazo fatal de un año, contado desde el retiro, requisito que no se cumple en la especie. En efecto, en los antecedentes existentes en poder de este Organismo de Control, aparece que el señor Jaramillo Almonacid fue llamado a retiro a contar del 1 de agosto de 2012, por haber sido incorporado en la referida nómina, reclamando de ello el día 8 de agosto de esa anualidad, presentación que fue resuelta mediante el citado dictamen N° 46.136, de 2013. Luego, con fecha 2 de agosto de 2013, esto es, vencido el anotado término de un año, solicita nuevamente, de modo extemporáneo, el examen de su evaluación, por lo que se desestima su petición. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 053432N13, de 21 de agosto de 2013.
Más sobre calificaciones
-
La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
-
La Contraloría concluye que el proceso calificatorio del funcionario se ajustó a la normativa: la subrogancia del jefe directo es válida, no se exige notificar la precalificación ni autoevaluación, y el informe a jefaturas anteriores se solicitó por escrito, sin vicios.
-
La Contraloría concluye que el Servicio de Salud Metropolitano Norte puede emitir lineamientos internos para objetivar la evaluación de cada factor calificatorio, siempre que no cree nuevos factores, requisitos ni ponderaciones y respete la ley. Además, la junta calificadora debe integrarse solo con profesionales funcionarios de mayor jerarquía, excluyendo a quienes no tengan esa calidad.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.