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Contraloría General de la República · N° 021673N17

Dictamen N° 21.673, de 13 de junio de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 21.673 Fecha: 13-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General nuevamente doña Lucia Tapia Rojas, cédula de identidad N° 5.463.151-0, exonerada política de la Universidad Austral, para solicitar una revisión del cálculo de su pensión no contributiva. Sobre el particular, cumple con manifestar que mediante la resolución N° 8.505, de 2013, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública se le concedió a la interesada una pensión no contributiva por la suma de $ 81.139, mensuales, a contar del 1 de noviembre de 1998, luego a través del dictamen N° 6.384, de 2016, de este origen, se ratificó el dictamen N° 84.485, de 2015, de esta procedencia, donde se informa al Instituto de Previsión Social, que se debe reliquidar dicho beneficio según lo previsto en el artículo 27 del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, correspondiéndole un grado de asimilación 8 de la escala única de sueldos, dicha reliquidación se materializó por la resolución exenta N° 10.609, de 2015, de la citada Cartera de Estado. Ahora bien, la recurrente expone nuevos antecedentes como es el certificado del Fondo Nacional de Salud por las rentas del período comprendido por 86 días por un monto de $38,52 mensual desde el 4 de junio de al 1 de septiembre de 1973 pagadas por el ex Servicio Médico Nacional de Empleados por concepto de subsidio maternal como las liquidaciones de sueldo de la Universidad Austral de enero de 1972, Julio y noviembre de 1973. Sin embargo, estos antecedentes aportarían rentas menores a las consideradas por el certificado extendido por el contador general de la Universidad Austral en base al cual se realizó el cálculo de la pensión no contributiva con una suma de $ 43,192 mensuales, ya que no es posible sumar las remuneraciones por reposo maternal con la de las liquidaciones de sueldo como pretende la peticionaria, dado que forman parte de un mismo sueldo. De este modo, el beneficio se encuentra bien calculado y se ratifica los dictámenes N°s. 84.485, de 2015 y 6.384, de 2016, de este Organismo Fiscalizador. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 021673N17, de 13 de junio de 2017.

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