Contraloría General de la República · N° 016397N12
Dictamen N° 16.397, de 21 de marzo de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 16.397 Fecha: 21-III-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Alejandra Leyton Constenla, presidenta del directorio de la Asociación de Propietarios La Aurora, de la comuna de Curacaví, solicitando un pronunciamiento que determine si se ajusta a derecho que se consagre estatutariamente un límite a la reelección de los miembros del directorio de su organización comunitaria. Sobre el particular, cumple indicar que, de conformidad con la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 12.840, de 2010 y 7.459, de 2011, este Órgano de Control carece de competencia para intervenir en las actuaciones de las organizaciones comunitarias, o en situaciones producidas en su interior, atendido que, de conformidad con la ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 58, de 1997, del antiguo Ministerio del Interior, y que ha sido modificado por la ley N° 20.500-, las referidas entidades privadas no tienen la calidad de servicio público y, por ende, en dichos aspectos no están sujetas a la fiscalización de esta Contraloría General. En tal entendido, este Organismo Contralor debe abstenerse de emitir un pronunciamiento respecto de la procedencia de que en los estatutos de la aludida organización comunitaria se limite la reelección de los integrantes de su directorio. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 016397N12, de 21 de marzo de 2012.
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