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Contraloría General de la República · N° 026440N14

Dictamen N° 26.440, de 14 de abril de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 26.440 Fecha : 14-IV-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Mario Alfonso Palumbo Agurto, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva y desahucio percibidos en su calidad de exfuncionario de la Armada. Además, requiere el cambio de régimen de su pensión de invalidez, desde el Servicio de Seguro Social a la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares. Requerida al efecto, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas manifestó que la jubilación no contributiva del recurrente está bien calculada. Por su parte, la Caja de Previsión de la Defensa Nacional señaló que por medio de la resolución N° 3.972, de 2012, de la referida Subsecretaría, se concedió al recurrente una prestación no contributiva por un monto inicial mensual de $158.928, la que asciende actualmente a $226.785, pagándose un total de $ 18.225.555, por concepto del pago de mensualidades retroactivas por el período que media entre el 1 de agosto de 2003 y el 31 de abril de 2013. Agrega que el pago de desahucio fue de $3.048.821, luego de deducir las cotizaciones impagas por el tiempo de Grumete. A su turno, el Instituto de Previsión Social expresó que no se encuentra en condiciones de emitir el pronunciamiento requerido, toda vez que los expedientes jubilatorios del interesado se encuentran en la referida Caja de Previsión. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la precitada resolución fue cursada con alcance por esta Institución Fiscalizadora, toda vez que el solicitante debía dejar de percibir su pensión de invalidez, siempre que, con las cotizaciones enteradas con posterioridad a marzo de 1990, no cumpliera con los requisitos para ello. Por lo tanto, aparece que las prestaciones de la ley N° 19.234 se encuentran correctamente determinadas, haciendo presente que ese Instituto de Previsión Social deberá dar respuesta directa al interesado en cuanto al cambio del antiguo régimen previsional de su prestación de invalidez, una vez recepcionados los respectivos expedientes, y, si correspondiera, revisar su monto, dando cuenta de ello a este Organismo de Control. Transcríbase al interesado, a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 026440N14, de 14 de abril de 2014.

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