Dirección del Trabajo
Ordinario N° 326, de 19 de enero de 2017
ORD. N°326 — ORD. N°326 Registro especial de asistencia y determinación de las horas de traba
Sumario
ORD. N°326 Registro especial de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Faenas de construcción e ingeniería; Atiende presentación de Sr. Marco Rojas Figueroa, en representación de empresa Comercial Imcotec Ltda., acerca de un sistema especial de registro y control de asistencia.
Texto del pronunciamiento
¿34 - Dirección del A Trabajo DEPARTAMENTO JURIDICO - K11942 (2677) 2016 0 3 E EN ORD.: SY) . MAT.: Atiende presentación de Sr. Marco Rojas N DW : Figueroa, en representación de empresa Comercial Imcotec Ltda., acerca de un sistema especial de registro y control de asistencia. ANT.: 1) Comparecencia de 12.12.2016, de Sr. Alberto Ibarra González. 2) Ord. N*4059, de 24.11.2016, de Inspector (S) Provincial del Trabajo de Santiago.
Ñ 3) Presentación de 21.11.2016, de Sr. Marco Rojas Figueroa, en representación de empresa Comercial Imcotec Ltda.
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO | A : SR. MARCO ROJAS FIGUEROA COMERCIAL IMCOTEC LTDA. CARMEN N*1307 SANTIAGO /
Mediante presentación del antecedente 3), complementada a través de comparecencia personal de antecedente 1), la empresa Comercial Imcotec Ltda., solicita que este Servicio apruebe como sistema opcional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo para los trabajadores que prestan servicios en faenas de construcción e ingeniería, el sistema que denomina “parte diario”, cuyo funcionamiento describe en el citado escrito.
Sobre el particular, cumplo con informar a Ua., que el artículo 2? de la Resolución Exenta N*195, de 1990, de la Dirección del Trabajo, que fija requisitos y regula procedimiento para establecer un sistema opcional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo para los trabajadores que prestan servicios en faenas de construcción e ingeniería, dispone:
“Artículo 2% El sistema deberá operar sobre la base de tarjetas o planillas individuales en las que, a lo menos, se anotarán:
a) el nombre del trabajador:
b) la faena en que labora, y
Cc) la semana y mes de que se trate.”
2
Por su parte, el artículo 3, de la misma Resolución Exenta, dispone:
“Las tarjetas o planillas deberán, además, llevar impresos los siete días de la semana y tendrán espacios en blanco para registrar cada día la información relativa a la hora de entradá y salida de la faena y el total de horas ordinarias y extraordinarias laboradas semanalmente, y serán firmadas cada semana por el trabajador y el dependiente encargado del control.”
Precisado lo anterior, es del caso señalar que analizada la documentación acompañada a su presentación, puede apreciarse que las hojas del sistema “parte diario” no contemplan todas las menciones indicadas obligatoriamente por el citado artículo 3”, particularmente, no llevan impresos los 7 días de la semana, ni el señalamiento de las horas extraordinarias laboradas semanalmente.
En consecuencia, analizada la documentación acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada, normas reglamentarias precitadas y consideraciones formuladas, es posible concluir que el sistema de contro! de asistencia y determinación de las horas de trabajo que propone la empresa Comercial Imcotec Ltida., no se ajusta a las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N01 95, de 1990, de la Dirección del Trabajo, por lo que no puede ser implementado en faenas de construcción e ingeniería.
Saluda a Ua.,
L E LE ya EL SS JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO”. V2% ABOGADO o PLE FEJO JEFE DEPARTAMENTO JURÍDI os LS, DIRECCIÓN DEL TRABAJO 20 RN AN stribución: - Jurídico - Partes - Control
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 326, de 19 de enero de 2017.
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