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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 2736, de 19 de junio de 2017

ORD. N°2736 — ORD. N°2736 Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo;

Sumario

ORD. N°2736 Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación; Atiende solicitud de Sr. Pablo Gacitúa M., en representación de empresa Hikey Resources Chile S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

Texto del pronunciamiento

234 Dirección del. a O : ¿atiende Cil DEPARTAMENTO JURIDICO , K1781 (471) Boi 2 ? 3 6 ORD: IS

N . O MAT.: Atiende solicitud de Sr. Pablo Gacitúa M., en

Da : representación de empresa Hikey Resources

Chile S.p.A., sobre autorización de sistema

de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Memo N*178, de 06.06.2017, de Subjefe

Departamento de Tecnologías de la Información. 2) Memo N*45, de 31.05.2017, de Jefe Departamento Jurídico.

. 3) Presentación de 28.02.2017, de Sr. Pablo

y Gacitúa M., en representación de empresa

Hikey Resources Chile S.p.A. _IIEAPIt- A +A A

santiaco, — 19JUN2ON Y DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SR.PABLO GACITÚA M.

EMPRESA HIKEY RESOURCES CHILE S.P.A. POCURO N*2983, DEPARTAMENTO 22 PROVIDENCIA /

Mediante presentación del antecedente 3), la empresa Hikey Resources Chile S.p.A., ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado Time2L, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen N%1140/027, de 24.02.2016.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.

Dicho trámite fue evacuado mediante el memorándum de antecedente 1), señalando que las siguientes observaciones:

« . Informe de certificación no es emitido por un ente certificador, de acuerdo a las exigencias establecidas en el citado dictamen N%1140/027. .

2 * Parte de la interfaz de la aplicación no se encuentra escrita en español. » Los: comprobantes de marcaje se envían por correo electrónico con un formato que no diferencia entrada y salida. + No se aprecia evidencia que permita certificar que se cumple con los respectivos requisitos de seguridad, por ejemplo: o Generación de hash por cada registro. o Arquitectura de la aplicación. o Políticas de respaldo. O No se aprecia evidencia del portal para fiscalización. Debido a lo señalado, no se cuenta con la información necesaria para realizar el análisis pertinente lo que, a su vez, impide determinar si el sistema consultado da cumplimiento a las exigencias contenidas en el dictamen N%1140/027, de 24.02.2016. En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted, que la información acompañada por la empresa Hikey Resources Chile S.p.A., presenta serias deficiencias que impiden emitir el pronunciamiento solicitado, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral, debiendo el sistema ser sometido a un proceso de certificación en los términos señalados en el dictamen N%1 140/027. Saluda a Ud., / ON DEL nia” AS SS j SA JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRE)).___4o ABOGADO . O UR EFE DEPARTAMENTO JURÍDICO DIRECCIÓN DEL. TRABAJO AS Distribución: - Jurídico - Partes - Control

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2736, de 19 de junio de 2017.

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