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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 3256, de 17 de julio de 2017

ORD. N°3256 — ORD. N°3256 Dirección del Trabajo; Competencia; Bono post laboral de la ley N°20

Sumario

ORD. N°3256 Dirección del Trabajo; Competencia; Bono post laboral de la ley N°20.964; Informa lo que indica.

Texto del pronunciamiento

e Dirección de Eo ubiera de Chile ; DEPARTAMENTO JURÍDICO 4 É UNIDAD DE DICTÁMENES E INFORMES EN DERECHO , K 4064 (983) 2017 ¡e ww de 3 ORD:: 2 MAT.: Informa lo que indica. ANT.: 1) Instrucciones de 03.07.2017 de Jefa de Unidad de ( ' Dictámenes e Informes en Derecho. / 2) Ordinario N*334 de 21.04.2017 de Director | Regional del Trabajo Región de los Lagos. i 3) Ordinario N*“913 de 24.02.2017 de Contraloría Regional de los Lagos. 4) Presentación de 21.11.2016 de Ercilia Gutiérrez A, Navarro. SANTIAGO, DE : JEFE DE DEPARTAMENTO JURIDICO A : ERCILIA GUTIERREZ NAVARRO LAS AMERICA 1085 ANCUD Ñ Ñ Mediante Ordinario del ant.3) la Contraloría General de la Republica ha remitido a este Servicio ¿tu presentación del ant. 4), en la cual solicita un pronunciamiento acerca de si Ud. tiene derecho a la bonificación por retiro voluntario. Sobre el particular, cúmpleme informar Ud. lo siguiente: El artículo 1”, de la Ley N” 20.964 de 29.10.2016 que “Otorga bonificación por retiro voluntario al personal asistente de la educación” preceptúa: “Otórgase, por una sola vez, una bonificación por retiro voluntario al personal asistente de la educación que se desempeñe en establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades o por corporaciones privadas sin fines de lucro creadas por éstas para administrar la educación municipal; en los establecimientos regidos por el decreto ley N” 3.166, del Ministerio de Educación Pública, del año 1980, y, asimismo, a los trabajadores regidos por el Código del Trabajo que se desempeñen en los Departamentos de Administración de Educación Municipal (DAEM), en las Direcciones de Educación Municipal (DEM) y al personal que cumple funciones relacionadas con la administración del servicio educacional en las referidas corporaciones municipales, quienes, para los efectos de esta ley, se someterán a las mismas disposiciones que los asistentes de la educación, y que, en el período comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 30 de junio de 2022,

ambas fechas inclusive, hayan cumplido o cumplan 60 años de edad, en el caso de las mujeres, o 65 años de edad, sí son hombres, siempre que comuniquen su decisión de renunciar voluntariamente al total de horas que sirven en los organismos antes señalados, en los plazos y según las normas contenidas en esta ley y en el reglamento.

La bonificación por retiro voluntario será de cargo del empleador y ascenderá a un mes de remuneración imponible por cada año de servicio prestado en las entidades mencionadas en el inciso anterior, con un máximo de once meses.

La remuneración que servirá de base para el cálculo de la bonificación por retiro voluntario será el promedio de remuneraciones mensuales imponibles que le haya correspondido al trabajador durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la carta de renuncia, actualizadas según el Índice de Precios al Consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas”.

De la norma legal precedentemente transcrita aparece que tratándose de las Corporaciones Municipales, el trabajador que cumple con los requisitos señalados, debe presentar su solicitud de bono post laboral ante la Corporación empleadora y luego ésta remitirlo a la respectiva Municipalidad, para que con el mérito de los antecedentes dicte el acto administrativo correspondiente y de ser procedente, lo remita al Servicio de Tesorería para su pago.

É En consecuencia, de conformidad a lo expuesto y S disposiciones legales, cúmpleme informar a Uds. que este Servicio carece de competencia para intervenir en esta materia, debido a que la solicitud para acceder al bono post laboral establecido en la Ley N” 20.964, debe ser presentada ante la Corporación Municipal de Ancud, quien debe remitirlo a la respectiva Municipalidad para que, con el mérito de los antecedentes, dicte el acto administrativo correspondiente y lo envíe si corresponde al Servicio de Tesorerías para su pago.

Saluda a Vad.,

ERA

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> NE Cy (a: » ! E LT $9) Pe JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO ABOGADO LA EFE DEPARTAMENTO JURÍDICO ( DIRECCIÓN DEL TRABAJO Dreta : Distribución: - Jurídico - Partes - Control

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 3256, de 17 de julio de 2017.

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