Dirección del Trabajo
Ordinario N° 3697, de 14 de agosto de 2017
ORD. N°3697 — ORD. N°3697 Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo;
Sumario
ORD. N°3697 Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Sistemas simultáneos; Prohibición; Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Sistemas simultáneos; Prohibición;
Texto del pronunciamiento
23 Dirección del AA trabajo Ñ > DEPARTAMENTO JURÍDICO y K6350 (1443) 2017 $ 6 0 f AN , ; oa MAT.: Atiende presentación de empresa Colgram o pu A) S.A., sobre utilización de una aplicación A telefónica integrada al sistema de registro y control de asistencia. | | ANT.: 1) Ord. N*764, de 05.07.2017, de Inspector | Comunal (S) del Trabajo, Santiago Poniente. | 2) Presentación de 26.04.2017, de empresa Colgram S.A. SANTIAGO, . 14 A60 207 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRES. EMPRESA COLGRAM S.A. AUGUSTO MATTE N*1840 QUINTA NORMAL /
Mediante su presentación del antecedente 1), ustedes han solicitado un pronunciamiento de este Servicio, respecto de la posibilidad de utilizar la aplicación para teléfonos celulares denominada “Check Pos Performance”, como mecanismo de marcaje e identificación de los puntos de inicio y término de jornada de sus trabajadores.
A mayor abundamiento, indica que se trata de una aplicación de descarga gratuita, la cual utiliza el GPS de los propios teléfonos para generar la respectiva información.
Al respecto, cúmpleme informar a ustedes lo siguiente:
El dictamen N*1140/027, de 24.02.2016, que regula los requisitos que deben cumplir los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, contempla expresamente la posibilidad de emplear dispositivos móviles, como los teléfonos celulares y, asimismo, permite la utilización de herramientas de geoposicionamiento satelital (GPS) como parte de las plataformas destinadas al efecto señalado.
No obstante lo señalado, debe tenerse en consideración que, de acuerdo a lo prescrito por el citado pronunciamiento, los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, previo a su utilización, deben cumplir con el proceso de certificación y posterior autorización del Departamento Jurídico de este Servicio
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De este modo, si la aplicación consultada cumple con las características descritas en el referido dictamen N%1 140/027, de 24.02.2016, su utilización se ajustará a Derecho.
Ahora bien, precisado lo anterior, resulta necesario aclarar que, contrario a lo que se indica en su presentación, la aplicación consultada no puede ser empleada en forma paralela a un “libro de asistencia”. Lo anterior, por cuanto la reiterada y uniforme jurisprudencia de esta Dirección contenida, entre otros, en el dictamen N*810/045, de 08.02.1999, ha señalado que el legislador ha limitado la torma de cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 33 inciso 1”, del Código del Trabajo, en el sentido de prohibir al empleador la utilización de dos sistemas simultáneos de control, de tal manera que en una empresa no pueden coexistir dos mecanismos distintos regla que, no obstante, admite dos excepciones:
a) Que la empresa tenga más de un establecimiento.
b) Que exista un sistema especial para algunos de los trabajadores, como ocurre con los trabajadores que laboran en empresas de servicios de promoción, demostración y reposición de productos o mercaderías, materia contenida en la Resolución Exenta N*300, de 1990 de este Servicio.
Sin embargo, lo que nunca puede ocurrir es que se utilicen dos sistemas de registro y control paralelos, como ocurriría en la especie si se utiliza uno electrónico para determinar los lugares de marcación de inicio y término de jornada y otro, en soporte de papel, para llevar el sistema de asistencia propiamente tal, por lo que cada empleador debe optar por una modalidad.
Es todo cuanto puedo informar a ustedes sobre la materia consultada.
Saluda a Ud.,
E Y - A eÓDEZ JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO-—— Y? ABOGADO AN EE Je JEFE DEPARTAMENTO JURIDIGO LS) IRECCIÓN DEL TRABAJO “0 > Í Sk leo Distribución: - Jurídico - Partes - Control - Inspección Comunal del Trabajo, Santiago Poniente
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 3697, de 14 de agosto de 2017.
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