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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 5626, de 20 de noviembre de 2017

ORD. N°5626 — ORD. N°5626 Organización sindical; Proceso eleccionario; Votación sindical media

Sumario

ORD. N°5626 Organización sindical; Proceso eleccionario; Votación sindical mediante sistema informático; Certificación; Atiende presentación de Sindicato N°1 de Trabajadores LAN Express, sobre sistema de votación electrónica

Texto del pronunciamiento

¿En Dirección del AN trabajo a STO ROO 207 5626 ORD.: N* / MAT.: Atiende presentación de Sindicato N*1 de 4 í f- 0 Trabajadores LAN Express, sobre sistema bo , pl A de votación electrónica | | ANT.: 1) Correo electrónico de 31.10.2017, de j Subjefe Departamento de Tecnologías de la : Información. | 2) Correo electrónico de 30.10.2017, de E Sindicato N*i de Trabajadores LAN Express. 3) Comparecencia personal de 26.10.2017, N de dirigentes Sindicato N*1 de Trabajadores LAN Express. J 4) Presentación de 13.09.2017, de Sindicato N*i de Trabajadores LAN A Express. A

SANTIAGO, 20 NOV 2004 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRES.

SINDICATO N*”1 DE TRABAJADORES LAN EXPRESS ANIBAL PINTO N*699, SEGUNDO PISO IQUIQUE IQUIQUE /

Mediante presentación del antecedente 4), complementada a través de comparecencia personal de antecedente 3) y correo electrónico de antecedente 2), esa organización sindical ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento jurídico, a fin de determinar si el sistema informático desarrollado por ellos, denominado SindiRegiones, se ajusta a las exigencias vigentes sobre la materia contenidas en el dictamen N*3362/53, de 01.09.2014.

De acuerdo a la información tenida a la vista para la confección del presente informe, el sistema en examen asegura la conexión entre el usuario y el servidor a través de autenticación SSL, utiliza matemática computacional de criptografía asimétrica para la encriptación de los votos, garantiza totalmente el anonimato del electorado, es auditable, permite obtener gráficos de participación de los socios y de los resultados finales de cada proceso y no puede ser intervenido por terceros.

Asimismo, cabe indicar que sistemas como el consultado resuelven diversos problemas prácticos propios de un proceso eleccionario al permitir y/o facilitar, por ejemplo, el desarrollo de votaciones que deban efectuarse en horarios inhábiles o las que requieren intervención de socios que laboran en diferentes regiones, tal como ocurre en la especie.

2

Precisado lo anterior, es dable señalar que los antecedentes acompañados fueron analizados por el Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, el cual manifestó que el sistema cumple con las exigencias vigentes sobre la materia, no obstante lo cual realizó las siguientes recomendaciones:

1) El sistema debe guardar los registros que por normativa exige una elección (reportes, actas, etc.), las que deben ser emitidas físicamente y ser firmadas o bien, generarlas como documento electrónico con firma electrónica avanzada de las personas involucradas.

2) El sistema debiera considerar dejar "almacenados" (respaldados) los procesos históricos de votaciones electrónicas, así como de los registros o tablas desde las cuales se construyen las actas. Es decir, debe ser posible reconstruir actas de votaciones históricas en el caso de ser requeridas.

En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa citada y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a Ud., que el sistema informático para votaciones sindicales, denominado SindiRegiones, presentado por el Sindicato N*1 de Trabajadores LAN Express, se ajusta a lo dispuesto en el dictamen N*3362/53, de 01.09.2014, por lo cual resulta válida su utilización. Lo anterior, no obsta a las observaciones O reparos que pudiera efectuar en lo sucesivo este Servicio durante procesos eleccionarios o

fiscalizaciones en terreno.

Saluda a Ud.,

DEF" AT ) AS ESA SS ( F j «(fn): AH E e SE JOBÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO JURÍ ABOGADO o JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO IRECCIÓN DEL TRABAJO Blenco Distribución: - Jurídico - Partes - Control

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 5626, de 20 de noviembre de 2017.

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