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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1003, de 20 de febrero de 2018

ORD. N°1003 — ORD. N°1003 Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo;

Sumario

ORD. N°1003 Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación; Atiende presentación de empresa Reloj Electrónico S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

Texto del pronunciamiento

¿A f 234 Dirención ade? b oca Trabajo Gobierno de Cuil DEPARTAMENTO JURIDICO EA K12097 (2640) 2017 ALO) , A É ¿ MAT.: Atiende presentación de empresa Reloj ¡ Electrónico S.p.A., sobre autorización de j sistema de registro y control de asistencia. Í ANT.: 1) Memo N*32 de 25.01.2018, de Subjefe ¿ Departamento de Tecnologías de la | Información. .. | 2) Memo N*90, de 27.12.2017, de Jefe A ¿ Departamento Jurídico. A 4 3) Ord. N*3462, de 01.12.2017, de Director A ] Regional del Trabajo, Santiago Oriente. A 4) Presentación de 09.11.2017, de Sr. Hugo López, en representación de empresa Reloj Electrónico S.p.A.

SANTIAGO, 2.0 FEB 2018 y DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SR. HUGO LÓPEZ

EMPRESA RELOJ ELECTRÓNICO S.P.A. AVENIDA APOQUINDO N*6410 Of 605 LAS CONDES /

Mediante su presentación del antecedente 4), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si la solución de registro y control de asistencia que presenta, denominada Relojelectronico.cl, y su respectivo proceso de verificación, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen N*1140/027, de 24.02.2016.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la recurrente ha presentado un informe de certificación emitido por la empresa Global Solution Consultores S.A., Rut N*77.797.160-3, suscrito por el Sr. Víctor Hernández M. .

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.

Dicho trámite fue evacuado mediante el memorándum de antecedente 1), señalando que la plataforma cumple con las exigencias que establece el pronunciamiento citado.

2 En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, de acuerdo al informe de certificación que se ha tenido a la vista, el sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, denominado Relojelectronico.cl, propuesto por la empresa Reloj Electrónico S.p.A., se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen N%1140/027, de 24.02.2016, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno. Saluda a Ud., £ f DR. ¿SN DEL > OsÉ FRANCISCO CASTRO CASTRÉY. 2 ABOGADO MIEFEJO EFE DEPARTAMENTO JURÍDICO DN, Sy IRECCIÓN DEL TRABAJO — Nos Mya Distribución: - Jurídico - Partes - Control

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1003, de 20 de febrero de 2018.

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