Dirección del Trabajo
Ordinario N° 5636, de 6 de noviembre de 2018
ORD. N°5636 — ORD. N°5636 Dirección del Trabajo; Competencia; Conaf; Concursos; Legalidad; Ati
Sumario
ORD. N°5636 Dirección del Trabajo; Competencia; Conaf; Concursos; Legalidad; Atiende presentación sobre concursos que indica.
Texto del pronunciamiento
e :1 Dirección del Trabajo Gobierno de Chile DEPARTAMENTO JURÍDICO D636 DIRECCION DEL TRABAJO K2618(584)18 A Ñ ) . MAT.: Atiende presentación sobre concursos que ob 00) indica. Ñ ANT.: 1) Pase N” 9 de 19.10.18 de la Sra. Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Ordinario N” 1484 de 21.03.18 de la Sra. / Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 3) Pase N* 391 de 09.03.18 de la Sra. Jefa de Gabinete del Sr. Director del Trabajo. 4) Oficio N* 2.676 de 05.03.18 de la Contraloría General de la República. X ] 5) Presentación de 23.02.18 de don Ricardo ; Heinsohn Vergara. xn SANTIAGO, DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S) 0 5 NoY 208 DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR. RICARDO HEINSOHN VERGARA PRESIDENTE SINDICATO NACIONAL DE PROFESIONALES DE CONAF AVDA. BULNES N? 285, OFICINA 501/601 SANTIAGO Mediante presentación del antecedente 5), Ud. reclama a la Contraloría General de la República, en representación del Sindicato Nacional de Profesionales de Conaf, por el aumento de concursos internos y externos realizados por la Conaf para designar jefaturas en los que se estarían vulnerando principios y requisitos establecidos por el Reglamento de Orden Interno. Dicho órgano contralor derivó su presentación a esta Dirección por tener competencia respecto de la citada entidad empleadora. Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente: Con la finalidad de dar cumplimiento a los principios de contradicción e igualdad de los interesados se solicitó informe a la Conaf respecto de la materia reclamada, la que no remitió respuesta, por lo que se resolverá con los antecedentes que obran en poder de esta Dirección. Este Servicio, de manera reiterada, ha señalado, entre otros, mediante dictamen N* 1518/29, de 15.03.16, que corresponde a los Tribunales de Justicia determinar irregularidades o ¡legalidades de los concursos
internos efectuados por una Corporación Municipal y mediante dictamen N? 37/4, de 03.01.08, Ordinarios N” 1489 de 04.04.17 y 3951, de 27.07.18, que corresponde también a los Tribunales de Justicia pronunciarse sobre la validez de Un concurso público de antecedentes cuando ya ha operado la contratación de los funcionarios ganadores del mismo, de suerte tal que aplicando el aforismo jurídico según el cual donde existe la misma razón debe existir la misma disposición, resulta procedente aplicar en este caso la referida doctrina, toda vez que de su presentación aparece que respecto de los coficursos en contra de los que se reclama ya han operado los nombramientos de 105 funcionarios que resultaron ganadores de los mismos. IN 1 1 1 Saluda atentar ent a Ud, IN] ROSAMEL GUTIERREZ|RIQUELME _ 75m t ABOGADO | EXA NS JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO ANA lee DIRECCIÓN DEL TRABAJO (“Ef £/5; /MSGC/msge ON bei =1 + Jurídico o E SS - Of. Partes TS - Control
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Dirección del Trabajo, Ordinario N° 5636, de 6 de noviembre de 2018.
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