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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1888, de 23 de mayo de 2019

ORD. N°1888 — ORD. N°1888 Caso genérico; Competencia; Dirección del Trabajo; Tribunales de Jus

Sumario

ORD. N°1888 Caso genérico; Competencia; Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia; Informa sobre la falta de supuestos necesarios para la emisión de un pronunciamiento en la materia que indica.

Texto del pronunciamiento

P 1 Dirección del Trabajo Gobierno de Chile Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E.11039(714)2019 10029 ¡000

ORD.: /

IDO)

MAT.: Informa sobre la falta de supuestos necesarios

P para la emisión de un pronunciamiento en la / materia que indica. ANT.: 1) Instrucciones de 29.04.2019 de Jefa Unidad | Pronunciamientos. 2) Presentación de 02.04.2019 de don Edmundo dá Rebellado A. sl 23 MAY 2019 DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR. EDMUNDO REBELLADO ALLENDES Pasaje Los Pensamientos 404, Villa Navidad, comuna P.A.C.

Mediante presentación del Ant.2), se ha consultado si se estaría en presencia de una represalia laboral por parte del empleador si se diera un caso como el que expone de manera teórica.

Al respecto, corresponde informar que la citada presentación se limita a describir un caso meramente hipotético, lo que impide que este Servicio pueda pronunciarse al no haber hechos concretos, de los cuales puedan obtenerse circunstancias y sujetos reales que justifiquen un análisis jurídico.

A mayor abundamiento, tal como se sostuvo en Ord. N*1655 de 02.04.2018, cabe advertir que esta Dirección no puede pronunciarse sobre meras especulaciones, razón por la cual corresponde que, en el evento concreto de producirse situaciones que, en el ámbito del contrato de trabajo, Ud. estime contrarias a Derecho, solicite oportunamente la intervención fiscalizadora de este Servicio.

Por último, útil es tener presente que la trasgresión a la garantía de indemnidad que consagra el artículo 485, inciso 3”, del Código del Trabajo, sólo puede ser determinada y sancionada, en cada caso, por la Judicatura Laboral competente.

Saluda atentamente,

. MN DEL [SE [SSA FEÑS SiEFEJO DAVÍD.ODDÓ BEAS : A j ó ABOGADO So 3) h DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAÍO. JUY> Z DIRECCIÓN DEL TRABAJO E NN BAC/CLCH Distribución: . Dest a Jurídico Partes Control.

23% Dirección del Gobierno de Chile: Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales A AE E 13911 (882) 2019 19085 ro] 19%) ORD.: / ” MAT.: — La Dirección del Trabajo carece de competencia para emitir pronunciamiento sobre una materia / sobre la que ha incidido un finiquito de contrato de trabajo, sin reserva de derechos. : , ANT.: Presentación de 25.04.2019, de don Luis Rodríguez Y Quijada SANTIAGO, DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL 23 MAY 2019 A : LUIS RODRÍGUEZ QUIJADA UPSALA N* 350, DPTO 115 LAS CONDES, SANTIAGO

Mediante presentación del antecedente, ha solicitado Un pronunciamiento referido a la naturaleza jurídica que revestiría una indemnización pagada al término de sus servicios, y el reconocimiento de una cláusula tácita derivada del : pago habitual de bonos.

Puntualiza que los referidos conceptos han sido comprendidos en finiquito suscrito con su exempleador, pero que requiere la atención de su consulta con el propósito de solicitar ante el Servicio de Impuestos Internos una reliquidación de los impuestos. :

Que según se advierte de los antecedentes acompañados, el requirente con fecha 29.06.2018 ratificó finiquito ante ministro de fe, sin efectuar reserva de derechos.

Por lo anterior, cabe hacer presente que la Dirección del Trabajo, de acuerdo con su reiterada doctrina contenida, entre otros, en Dictamen N? 3747/137 de 16.08.2004, se encuentra impedida legalmente de entrar a pronunciarse sobre Una materia en la que ha incidido finiquito de contrato de trabajo, sin reserva de derechos.

En consecuencia, en mérito de las consideraciones efectuadas y de la doctrina administrativa citada, cumplo con informarle que esta Dirección carece de competencia para emitir pronunciamiento sobre una materia sobre la que ha incidido un finiquito de contrato de trabajo, sin reserva de derechos.

/ aluda a Ud., NA LY s/d Ñ DE / Y LL AL A A 7 ABOGADO. (LE? EjOS DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISSAL / Z DIRECCIÓN DEL-TRABAJO Weoo [NIBAJPRO JU Distribución: - Jurídico, - Partes, - Control

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1888, de 23 de mayo de 2019.

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