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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 4078, de 23 de agosto de 2019

ORD. N°4078 — ORD. N°4078 Competencia Dirección del Trabajo; Cotizaciones previsionales; La Di

Sumario

ORD. N°4078 Competencia Dirección del Trabajo; Cotizaciones previsionales; La Dirección del Trabajo carece de competencia para determinar la procedencia del pago de cotizaciones previsionales con subrogación a exonerado político.

Texto del pronunciamiento

...... Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, an a 4078, ORDINARION“_________ / / , . ACTUACIÓN: ( cu O Aplica doctrina. MATERIA: Competencia Dirección del Trabajo. Cotizaciones previsionales. RESUMEN: La Dirección del Trabajo carece de competencia para determinar la procedencia del pago de cotizaciones previsionales con subrogación a exonerado político. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 16.08.2019, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal. 2) Instrucciones de 29.07.2019, de Jefa Unidad de. Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 3) Presentación de 03.05.2019, de don Nelson González Karin. SANTIAGO, 23 AGO 2019 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURIDICO Y FISCAL A : NELSON GONZALEZ KARIN ngonzalezk(Qlive.cl Mediante presentación del antecedente 3), ha solicitado un pronunciamiento de esta Dirección acerca de si corresponde a este Servicio determinar la procedencia del beneficio de pago con subrogación de cotizaciones previsionales, contemplado en la ley N* 19.234 de 18 de agosto de 1993, para exonerados políticos. Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente: El Decreto con Fuerza de Ley N* 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, en su artículo 1*, letra b), prescribe respecto de las funciones de la Dirección del Trabajo que: “Le corresponderá particularmente, sin perjuicio de las funciones que leyes : generales o especiales le encomienden: b) Fijar de oficio o a petición de parte por medio de dictámenes el sentido y alcance de las leyes del trabajo; .

2 De acuerdo a lo anterior, no obstante las facultades con que cuenta esta Dirección respecto de la interpretación y fiscalización del estatuto jurídico laboral que rige a los trabajadores de que se trata, la consulta planteada se refiere a normas cuya interpretación excede las facultades con que cuenta este Servicio e incide en una materia cuyo conocimiento es de competencia del Instituto de Previsión Social, organismo que mediante Resolución Exenta N*27, de 12.01.2017, cuya copia se acompaña, ha fijado el procedimiento de solicitudes de pago con subrogación para efectos de la ley N*19.234 De igual manera, para su mayor información, se adjunta vínculo a la página web de dicho organismo, que contiene información sobre el beneficio objeto de su consulta: httos://www.ips.gob.cl/servlet/internet/conteni/1421810840816/exonerados-politicos Es todo cuanto puedo informar, al tenor de lo solicitado. Saluda atentamente a Ud. Y, LT Y, DEL > Y) LE ate SN > ABOGADO IS(TEFE)]S (¿EJE DEFARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL US ; E DIRECCIÓN DEL TRABAJO 7 AO Aios Distribución: - Jurídico - Partes Se incluye: Copia Res. Ex. 27, de 12.01.2017, IPS.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 4078, de 23 de agosto de 2019.

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