Saltar al contenido
Folium

Dirección del Trabajo

Ordinario N° 4139, de 27 de agosto de 2019

ORD. N°4139 — ORD. N°4139 Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo; Al

Sumario

ORD. N°4139 Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo; Al no haber sido posible analizar la documentación exigida por la normativa vigente, este Servicio no puede emitir el pronunciamiento solicitado.

Texto del pronunciamiento

¡ dE, ho j : ¡ ¡Gobiemo'de Chile: Departamento Jurídico y Fiscalía ñ Unidad de Pronunciamientos, : Innovación y Estudios Laborales TZ 9 E17982 (1112) 2019 +10 ORDINARIO NC: / boy + pu ¡ey ACTUACIÓN: Aplica doctrina. SY MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia electrónico. RESUMEN: Al no haber sido posible analizar la documentación exigida por la normativa vigente, este Servicio no puede emitir el pronunciamiento solicitado. / : ANTECEDENTES: / 1) Instrucciones de 14.08.2019 de Jefa Unidad de / Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. - / 2) Correo electrónico de 05.06.2019 de Departamento N Jurídico y Fiscalía. 3) Correo electrónico de 04.06.2019 de Sr. Marcos Riquelme Apablaza, en representación de empresa Netcontrol S.p.A. 4) Correo electrónico de 04.06.2019 de Departamento Jurídico y Fiscalía. 5) Presentación de 29.05.2019 de Sr. Marcos Riquelme Apablaza, en representación de empresa Netcontrol S.p.A. SANTIAGO, 27 A60 2019 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR. MARCOS RIQUELME APABLAZA EMPRESA NETCONTROL S.P.A. MERCED N*838, OFICINA 117 SANTIAGO Mediante presentación del antecedente 5), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, no se indica su nombre comercial, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes N%s. 1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017. Ahora bien, el dispositivo electrónico acompañado -pendrive- presentó problemas y no pudo ser abierto por este Departamento, situación que fue informada a la recurrente a través de correo electrónico de antecedente 4).

En respuesta a la comunicación indicada en el párrafo anterior, la solicitante remitió mediante el correo electrónico del antecedente 3), el cual contenía una dirección electrónica desde la cual descargar la documentación y, además, adjuntó los antecedentes a su mail. Sin embargo, la URL recibida no permitió acceder a los informes, y la documentación acompañada no pudo ser descomprimida, situación que se les informó nuevamente a través de correo electrónico de antecedente 2).

Precisado lo anterior, cabe señalar que el párrafo final del N*4.4 del citado dictamen N*5849/133 de 04.12.2017, señala:

“La responsabilidad por el correcto funcionamiento de los dispositivos electrónicos acompañados será del solicitante.”

En conclusión, atendido lo señalado en los párrafos que anteceden y lo dispuesto en la jurisprudencia administrativa invocada, cumplo con informar a usted que, al no haber sido posible analizar la documentación exigida por la normativa vigente, este Servicio no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Ahora bien, lo señalado no obsta al reingreso de la solicitud una vez verificado el correcto estado del dispositivo electrónico utilizado.

Saluda atentamente a Uad.,

74 Í Y A Li DEL y ¿LF IÁNID-ODDO BEAS SÍTEFE)lS ABOGADO NT) JÉFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISGAL LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO O. JUN An MBA/RC Distribución: - Jurídico; - Partes; Z

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 4139, de 27 de agosto de 2019.

Más sobre Registro Especial / Excepcional

  • 15 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 418

    Esta norma aclara cómo determinar la jornada, descansos, dotación y registro de asistencia del personal embarcado en remolcadores, según el régimen jurídico aplicable a cada nave y trabajador. Resuelve que las modalidades operativas nunca pueden desconocer el descanso mínimo legal.

  • 11 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 408

    La norma aclara que la Resolución Exenta N°38 no prohíbe la geolocalización en el control de asistencia: permite registrar la ubicación de cada marcación, pero impide usarla para bloquear el registro si el trabajador está fuera del lugar convenido.

  • 25 de junio de 2026

    Ordinario N° 313

    La norma aclara que usar WhatsApp para registrar la asistencia laboral no cumple con los requisitos legales, ya que no garantiza la integridad ni el resguardo de los datos, resolviendo dudas sobre su validez.

Todos los pronunciamientos sobre Registro Especial / Excepcional

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Registro y Control de Asistencia, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Registro y Control de Asistencia

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium