Dirección del Trabajo
Ordinario N° 4456, de 13 de septiembre de 2019
ORD. N°4456 — ORD. N°4456 Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo; Al
Sumario
ORD. N°4456 Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo; Al no haber sido posible analizar la documentación exigida por la normativa vigente, este Servicio no puede emitir el pronunciamiento solicitado.
Texto del pronunciamiento
4 pa : eo Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, PROSA Innovación y Estudios Laborales bi de? 8) E26624 (1570) 2019 y dl ; Y ORDINARION*:__ / rip LU pa ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
Y
li MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia electrónico. RESUMEN: Al no haber sido posible analizar la documentación exigida por la normativa vigente, este Servicio no puede emitir el pronunciamiento solicitado. ANTECEDENTES: 1) Correo electrónico de 22.08.2019 de Departamento Jurídico y Fiscalía. 2) Correo electrónico de 01.08.2019 de Departamento de
N Tecnologías de la Información.
3) Correo electrónico de 01.08.2019 de Departamento Jurídico y Fiscalía. 4) Presentación de 26.07.2019 de Sr. René Salinger B., en
representación de empresa Vigatec S.A.
SANTIAGO, 13 SEP 2019 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR. RENÉ SALINGER B.
EMPRESA VIGATEC S.A.
CALLE JOSÉ ANANÍAS N*441
MACUL
Mediante presentación del antecedente 4), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “TEMPO.NET”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes N*1140/027, de 24.02.2016 y N*5849/133, de 04.12.2017.
Ahora bien, al intentar recuperar la documentación desde la url indicada en lá presentación pudo comprobarse que la carpeta de destino se encontraba vacía, situación que fue informada a la empresa certificadora a través de correos electrónicos de antecedentes 1) y 2), sin que a la fecha de confección del presente informe dicha situación haya sido subsanada.
En conclusión, atendido lo señalado en los párrafos que anteceden y lo dispuesto en la jurisprudencia administrativa invocada, cumplo con informar a usted que, al no haber
sido posible analizar la documentación exigida por la normativa vigente, este Servicio no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Ahora bien, lo señalado no obsta al reingreso de la solicitud. Saluda atentamente a Ua., VIAS O ANS D OBDÓ BÉAS NA LY ABOGADO CE FEj¡S) JEHÉDEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL. y) DIRECCIÓN DEL TRABAJO Na MBA/RCG Distribución: - Jurídico; - Partes. 2
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 4456, de 13 de septiembre de 2019.
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