Dirección del Trabajo
Ordinario, de 4 de diciembre de 2019
ORD. Nº5595 — ORD. Nº5595 Empleador; Administración; dirección, mando; Propiedad; Empresa; Es
Sumario
ORD. Nº5595 Empleador; Administración; dirección, mando; Propiedad; Empresa; Esta Dirección debe abstenerse de emitir un pronunciamiento por cuanto corresponde al empleador la administración y dirección de la empresa, facultades que no pueden ser renunciadas ni modificadas por éste, sin que resulte procedente traspasar esta responsabilidad a este Servicio cuya función es la de fiscalizar, entre otros, el cumplimiento de la legislación laboral.
Texto del pronunciamiento
E o . Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Ss ES r eS 5 5 9 5 ORDINARIO No: / um PU o ACTUACIÓN: ' ; Aplica doctrina. : . MATERIA: . Empleador. Administración, dirección, mando. Propiedad. Empresa. RESUMEN: Esta Dirección debe abstenerse de emitir un pronunciamiento por cuanto: corresponde al empleador la administración y dirección de la empresa, facultades que no pueden ser renunciadas ni modificadas por éste, sin que resulte procedente traspasar esta responsabilidad a este Servicio cuya función es la de fiscalizar, entre otros, el cumplimiento de la legislación laboral. ANTECEDENTES: 1) Revisión de 28.11.2019, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal. 2) Presentación de Agrícola del Norte, de 25.07.2019, o rica 04DIC 203 DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL... : ' DIRECCIÓN DEL TRABAJO . A: AGRÍCOLA DEL NORTE
AVENIDA MANUEL CASTILLO N* 3689, ACCESO SUR
ARICA :
Por la presentación ' del antecedente 2), esa empresa consulta sobre la procedencia de modificar contratos de trabajo de 30 y 45 horas semanales, con el propósito que los primeros reemplacen en sus labores a los segundos dependientes por un plazo determinado; se consulta además sobre la modificación de las remuneraciones en la situación descrita. .
A Al respecto, cúmpleme manifestar lo siguiente:
Conforme a la legislación vigente, el empleador cuenta con atribuciones y facultades privativas para administrar su empresa, prerrogativas que emanan del derecho de dominio correspondiente. Indirectamente se refiere el Código del Trabajo a esta facultad, en el inciso 4% del artículo 306, al precisar las materias que no son objeto de negociación colectiva, y alude a aquellas “que restrinjan o limiten la facultad del empleador de organizar, dirigir y administrar la empresa y aquellas ajenas a la misma”.
De ello se sigue que, “corresponde al empleador la dirección, orientación y estructuración de la empresa, organizando el trabajo en sus múltiples aspectos: . económico, técnico, personal, etc., lo que se traduce en una facultad de mando esencialmente funcional, para los efectos de que la empresa cumpla sus fines, la cual, en caso alguno, es absoluta, toda vez que debe ser ejercida por el empleador con la responsabilidad que le atañe en la realización del trabajo, con vistas a que su éxito sirva a los inversionistas, trabajadores y a la comunidad” (Dictamen N* 626/13, de 21.01.91).
En estas condiciones, las modificaciones de contrato de trabajo y remuneraciones -objeto de la consulta- son decisiones privativas del empleador que j deben adoptarse escuchando a personal técnico o profesional especializado que lo asesore, no correspondiendo a esta Dirección opinar o aconsejar en materias eventualmente controvertidas que pudiesen derivar en conocimiento y resolución de la judicatura laboral.
En efecto, la ley hace recaer sobre el empleador obligaciones precisas en materia de administración y dirección, que no pueden ser renunciadas ni modificadas por . éste, de modo que no resulta procedente traspasar esta responsabilidad a este Servicio cuya función es la de fiscalizar, entre otros, el cumplimiento de la legislación laboral.
En similar sentido se ha pronunciado esta Dirección en Ordinario N%s.3192, de 16.08.2013, 1165, de 20.03.2013 y 907, de 11.02.2016.
Es todo cuanto puede manifestar esta Dirección sobre la materia. Saluda atentamente a Uad., , LA, [LID GODÓ BRÁS pue 15) , ] / TA ABOGADO [EN ES ¿s) FE¿EPÁRTAMENTO JURÍ RUE FESSAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO== Jah j : Distribución: A - Jurídico - Partes Ñ - IPTArica ' 2 E ,
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario, de 4 de diciembre de 2019.
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