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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 5773, de 13 de diciembre de 2019

ORD. N°5773 — ORD. N°5773 Registro especial asistencia y determinación horas trabajo; El siste

Sumario

ORD. N°5773 Registro especial asistencia y determinación horas trabajo; El sistema de registro y control de asistencia denominado “Biosign”, presentado por la empresa Vars Computación Ltda., no se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Sin perjuicio de lo anterior, la compañía recurrente puede volver a presentar su solicitud una vez subsanada

Texto del pronunciamiento

A ECobiemo de chile: j Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E38395 (2133) 2019 Lo E38397 (2134) 2019 5Í/ 3 ORDINARIO N*: / oh CO ACTUACIÓN: : Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia electrónico. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado : “Biosign”, presentado por la empresa Vars Computación Ltda., no se ajusta a todas las exigencias establecidas / por los dictámenes N%1140/027 de 24.02.2016 y / N*5849/133 de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Sin . perjuicio de lo anterior, la compañía recurrente puede volver a presentar su solicitud una vez subsanadas las observaciones señaladas en el presente informe. ANTECEDENTES: 1) Revisión de 12.12.2019, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal. 2) Correo electrónico de 07.10.2019 de Sr. Carlos Patiño Pantoja, en representación de empresa Vars Computación Ltda. 3) Presentaciones de 27.09.2019 de Sr. Víctor Rosas Siade, en representación de empresa Vars Computación Ltda. SANTIAGO, 13 DIC 2019 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR.VÍCTOR ROSAS SIADE tsiegelOmicroexpertos.com EMPRESA VARS COMPUTACIÓN LTDA. ANTONIO BELLET N*292 PROVIDENCIA Mediante presentaciones del antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a finde determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “Biosign”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes N's.1 140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017.

A mayor abundamiento, cabe precisar que se acompañan dos certificados para el mismo sistema, dado que se validarían dos lectores de huella digital de diferentes modelos:

1. Terminal Cliente BioSign Versión V 50.15 (marcación con clave).

2. Reloj Control C2 PRO-VERSIÓN V 03.12.28_01_05.

Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa TUV Rheinland Chile S.A., Rut, N*96.684.630-5, suscrito por el Sr. José A. Borbély.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los áspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.

Precisado lo anterior, cabe indicar que el citado Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, ha manifestado las siguientes observaciones:

1-. En cuanto a lo dispuesto en el dictamen N*1140/027, cabe señalar:

1.1-. Respecto del N*5 Disponibilidad del Servicio: Las credenciales acompañadas están expiradas, por lo que no fue posible analizar el cumplimiento de esta exigencia.

1.2-. Respecto del N*6.2, Confidencialidad: No acompaña evidencia acerca del sistema de auditoría de la plataforma. Este registro deberá ser automático y sólo deberá ser accesible mediante perfiles de administración. .

1.3-. Respecto del N*6.3 Disponibilidad: Las credenciales acompañadas están expiradas, por lo que no fue posible analizar el cumplimiento de esta exigencia.

2-. En cuanto a lo dispuesto en el dictamen N*5849/133, cabe señalar:

2.1-. Respecto del N*2.4 Cuentas no nominativas: No se adjunta el respectivo comprobante. 2.2-. Respecto del N*2.7 acceso a la fiscalización y uso de protocolo TLS 1.2 o superior: Las credenciales acompañadas están expiradas, por lo que no fue posible analizar el cumplimiento de esta exigencia.

2.3-. Respecto del N*3.4.2 Modificación resaltada: No acompañan evidencia.

2.4-. Respecto del N*4.5 Análisis de Vulnerabilidad: Las IPs alojadas en la nube de Azure, a las cuales se practica las pruebas de vulnerabilidad, no corresponden a la IP en que está alojado el sitio en producción. 2.12-. Respecto del N*4.6 Diagrama de arquitectura: No adjunta diagrama en los términos solicitados por la norma. Se debe complementar y especificar qué servidores están en Azure y cuales On premise, cuáles corresponden a servidores productivos y cuáles a replicas. Con sus respectivas IP y protocolos de comunicación. Para el caso de las imágenes de réplicas SQL Server se debe adjuntar imágenes ¡legibles.

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Precisado lo anterior, cabe señalar que este Departamento procedió a verificar el cumplimiento de lo señalado en el N%1.7, del citado dictamen N*5849/1 33, respecto de los reportes que debe contener la plataforma.

Sin embargo, como fue señalado en párrafos que anteceden, dicha revisión no pudo ser concretada dado que al ingresar al sitio, éste arroja un mensaje indicando “cuenta expirada” lo que, a su vez, impide dar por cumplido este ítem.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el

- sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Vars Computación Ltda., denominado “Biosign”, no se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes N%s.1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta a que, una vez subsanadas las observaciones realizadas, la “solicitud de autorización pueda ser nuevamente ingresada a este Servicio. :

Saluda atentamente a Ud., ES 4 SÍ, 7 7 > SS ILLA O óBDÓ BEas [S[TEFEJS AF 2 ABOGADO Nu /.—JEFEDEPARTAMENTO JURÍDICO Y Fi SA SA DIRECCIÓN DEL TRABAJO. “QU” MBA/RCG Distribución: - Jurídico; - Partes. . : 3

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 5773, de 13 de diciembre de 2019.

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