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Dirección del Trabajo

Ordinario, de 5 de diciembre de 2019

ORD. Nº5638 — ORD. Nº5638 Cláusula Tácita; Beneficio “Día de la Fruta”; Fiscalización previa;

Sumario

ORD. Nº5638 Cláusula Tácita; Beneficio “Día de la Fruta”; Fiscalización previa; Este Servicio se encuentra impedido de pronunciarse respecto de la existencia o no de una cláusula tácita en el otorgamiento del beneficio “Día de la Fruta”, materia cuya resolución requiere, previamente, la práctica de una fiscalización la que debe ser solicitada en la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio en que se prestan los servicios.

Texto del pronunciamiento

HP A . (NS Departamento Jurídico y Fiscalía : Unidad de Pronunciamientos, - ese Innovación y Estudios Laborales elo ES le) E 41140 (2211) 2019 eee ORDINARION%“%_________ _ / ( pua ACTUACIÓN: Juas Aplica doctrina. C MATERIA: Cláusula Tácita. Beneficio “Día de la Fruta”. Fiscalización previa. - RESUMEN: Este Servicio se encuentra impedido de pronunciarse respecto de la existencia o no de una cláusula tácita en el otorgamiento del beneficio “Día de la Fruta”, materia cuya / resolución requiere, previamente, la práctica de una / fiscalización la que debe ser solicitada en la Inspección del / Trabajo correspondiente al domicilio en que se prestan los / servicios. y ANTECEDENTES: 1) Revisión de 28.11.2019, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal. 2) Presentación de 08.10.2019, de Sindicato de Trabajadores N*3 de Isapre Consalud S.A. SANTIAGO, 05DIC 2059 DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO A: SINDICATO DE TRABAJADORES N?3 DE ISAPRE CONSALUD S.A.

sindicato3icO gmail.com

DR. SOTERO DEL RIO N*508, DEPTO. 736

SANTIAGO

Mediante presentación del antecedente 2) han solicitado a esta Dirección un pronunciamiento jurídico respecto de la legalidad de la aplicación del contenido del Comunicado sobre Medidas de ahorro y eficiencia de fecha 27 de septiembre del presente año, firmado por la Gerencia de Personas de Isapre Consalud, en lo que se refiere a la eliminación del beneficio del Día de la Fruta para los trabajadores, el que estiman constituiría una cláusula tácita de los contratos de trabajo.

En la especie, y de acuerdo con los antecedentes proporcionados se solicita determinar la existencia de una cláusula tácita respecto del beneficio “Día de la Fruta” circunstancias que corresponde sea verificada mediante un procedimiento de fiscalización, situación que dificulta emitir el pronunciamiento en los términos requeridos, pues los elementos fácticos que componen Una relación laboral se configuran y definen en cada caso concreto por las particularidades y modalidades que resulten de la prestación de los servicios.

En consecuencia, de conformidad a lo expuesto, disposiciones legales citadas y jurisprudencia administrativa invocada, cumplo con informar a Ud. que este Servicio se encuentra

impedido de pronunciarse respecto de la existencia o no de una cláusula tácita en el otorgamiento del beneficio “Día de la Fruta”, materia cuya resolución requiere, previamente, la práctica de una fiscalización la que debe ser solicitada en la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio en que se prestan los servicios. Saluda atentamente a Ud., E, 7 Zi N DEP F//JANWIOBDÓ BEAS , SS a Y y y e A ABOGADO [E JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO y FISCÁLE j o DIRECCIÓN DEL TRABA. ZA ES > eS O JURO POS Distribución: Jurídico y Partes 2

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario, de 5 de diciembre de 2019.

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