Dirección del Trabajo
Ordinario N° 1313, de 31 de marzo de 2020
ORD. N°1313 — ORD. N°1313 Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo; La do
Sumario
ORD. N°1313 Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo; La documentación técnica que respalda el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Iquique Terminal Internacional S.A., denominado “CAS”, no satisface los requisitos mínimos necesarios para emitir el pronunciamiento solicitado. Lo señalado, no obsta a que una vez corregida la omisión señalada sea reingresado para su revisión y eventual autorización.
Texto del pronunciamiento
A Departamento Jurídico y Fiscalía y Unidad de Pronunciamientos, . Innovación y Estudios Laborales Ao E2012 (124) 2020 y i (124) | 13 13 ORDINARIO N0: _! Y CO” ACTUACIÓN: . Aplica doctrina. : MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia electrónico. RESUMEN: La documentación técnica que respalda el sistema de : registro y control de asistencia presentado por la empresa Iquique Terminal Internacional S.A., : : denominado “CAS”, no satisface los requisitos mínimos . necesarios para emitir el pronunciamiento solicitado. Lo _ señalado, no obsta a que una vez corregida la omisión a señalada sea reingresado para su revisión y eventual autorización. des : : ANTECEDENTES: ye 1) Revisión de 26.02.2020 de Jefe de Departamento i + Jurídico y Fiscal. o] E 2) Presentación de 10.01.2020 de Sr. Juan Pablo E 104 =. Santibáñez Vivar, en representación de empresa Iquique tu. Terminal Internacional S.A. SANTIAGO, - DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO ; da, 31 MAR 2020 A : SR. JUAN PABLO SANTIBÁÑEZ VIVAR A a
IQUIQUE TERMINAL INTERNACIONAL S.A. me
Eo. ESMERALDA N*340, OFICINA 720 - ' :
IQUIQUE +: : .
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado” un ' pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de —— asistencia que presenta, denominado “CAS”, y su respectivo proceso de verificación, se A
;. Ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes N's.1140/27; de .. 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017. : : : : _ Ahora bien, a. fin de validar, el cúmplimiento de las indicadas exigencias; la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Veltec Informática y - Cía. Ltda., Rut N*76,201.051-8, suscrito por el Sr. Marcial Navarro Salinas.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada. :
Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que la documentación técnica acompañada carece casi totalmente de evidencias lo que, a su vez, impide determinar el cumplimiento de los ítems que se certifican.
Además, el mismo informe acompañado señala en reiteradas oportunidades que se trataría de un sistema de registro y asistencia en proceso de desarrollo, circunstancia que hace inviable que haya podido ser certificado constatando todas las funcionalidades exigidas. E :
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la documentación técnica que respalda el sistema de registro y control de asistencia propuesto por la empresa Iquique Terminal Internacional S.A., denominado “CAS”, 'no cumple los
requisitos mínimos de admisibilidad necesarios para proceder a su análisis por parte de este . Servicio. Lo señalado, no obsta a que una vez corregidas las observaciones señaladas la plataforma sea reingresada para su revisión y eventual autorización. .
Saluda atentamente a Ud, :
O SONIA MENA $810 7 y) E) ABOGABO, PS “JEFA (S) DEPARTAMENTO YURÍDICOWMFISCAL : DIRECCIÓN DEL TRABAJÓ as > istribución: - Jurídico; Dn . - Partes; 2
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1313, de 31 de marzo de 2020.
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