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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1376, de 29 de abril de 2021

ORD. N°1376 — ORD. N°1376 Sistema Votación Electrónica; Atiende presentación empresa LogicSafe

Sumario

ORD. N°1376 Sistema Votación Electrónica; Atiende presentación empresa LogicSafe Chile S.A., sobre sistema de votación electrónica.

Texto del pronunciamiento

- : £ ] olisíacco ol Dirección del Trabaja | ¡Gobierno de Chile Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, ' Innovación y Estudios Laborales TE TA E30867 (409) 2021 3/0 E33537 (444) 2021 ORD.: WN? / MAT.: Atiende presentación empresa LogicSafe Chile S.p.A., sobre sistema de votación electrónica. ANT.: 1) Instrucciones de 23.04.2021 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentaciones de 17.03.2021 y 23.03.2021 de Sr. Rodrigo Miranda T. en representación de empresa LogicSafe Chile S.p.A. SANTIAGO, DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA á DIRECCIÓN DEL TRABAJO ¿9 ABR 2001 A : SR. RODRIGO MIRANDA T. LOGICSAFE CHILE S.P.A. BRIONES LUCO N*0911, OFICINA 221 LA CISTERNA Mediante presentaciones de antecedente 2), usted ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento respecto de la posibilidad de comercializar un sistema destinado al desarrollo de votaciones de organizaciones sindicales oO asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, denominado “SafeVote”, a través de medios digitales. Al respecto, es del caso indicar que esta Dirección se ha pronunciado sobre la materia, entre otros, mediante Dictamen N*3362/53, de 01.09.2014, estableciendo una serie de requisito mínimos de operación de los sistemas consultados. En efecto, de acuerdo con la doctrina administrativa de esta Dirección, los requisitos mínimos que deben contemplar las plataformas de votaciones electrónicas son los siguientes:

2 1-. Los ministros de fe pueden participar por medios telemáticos, en la medida que se garantice su control sobre el proceso eleccionario a través de un sistema de llaves o claves; la certificación del resultado de la votación; dejar constancia de las observaciones de los participantes del proceso o de aquellas realizadas de oficio, etc. 2-. El sistema debe garantizar que no haya intervención de terceros en la confección del padrón electoral, que voten sólo aquellas personas debidamente autorizadas, que cada socio vote sólo una vez, etc. 3-. El servicio de base de datos que tenga almacenada la información que se genere con la utilización de la plataforma, deberá encontrarse replicado y respaldado en dispositivos de almacenamiento locales y externos, de tal forma que, en caso de ocurrir algún incidente, ella se pueda recuperar. 4-. Los respaldos indicados en el literal anterior deberán tener mecanismos que aseguren la integridad de su contenido, por ejemplo, códigos hash o firmas electrónicas.

Precisado lo anterior, es dable indicar que, de acuerdo con la información acompañada, el sistema SafeVote se ajustaría a las exigencias indicadas en los párrafos que anteceden.

En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa citada y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a usted que, el sistema computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, denominado “SafeVote”, se ajusta a todas las exigencias vigentes sobre la materia, por lo que se autoriza su utilización.

Saluda a Ua.,

AA ANDEL Sa, LESA ENANA ¡Sl JEFE) l ¡A Y AN lo Us AVIO RAZAS PONCE TR ds GADO JEFE DEPARTAM INTO JURÍDICO Y FISCALIA DIRECCI EL TRABAJO Asrmco Distribución: - Jurídico - Partes

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1376, de 29 de abril de 2021.

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