Dirección del Trabajo
Ordinario N° 2775, de 7 de diciembre de 2021
ORD. N°2775 — ORD. N°2775 Competencia Dirección del Trabajo; Instituto Investigaciones Agropec
Sumario
ORD. N°2775 Competencia Dirección del Trabajo; Instituto Investigaciones Agropecuarias; Concurso; Legalidad; Competencia Dirección del Trabajo. Instituto de Investigación Agropecuaria. Concurso. Legalidad.
Texto del pronunciamiento
. a 3 Losa. a A Departamento Jurídico y Fiscalía 9 ? Yi 5 Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E. S/K (1544) 2020 : ORDINARIO N*: : ACTUACIÓN: Aplica doctrina. ' ou 70) P MAT.: Competencia Dirección del Trabajo Instituto de Investigaciones Agropecuarias; Concurso; Legalidad. ANT.: 1) Instrucciones de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios laborales del Departamento Jurídico y Fiscalía, de 22.11.2021. 2) PASE N*42, de 10.09.2020, de la Jefa Oficina de Contraloría. 3) ORD. N*579, de 08.09.2020, del Director Regional del Trabajo, Región de La Araucanía. 4) Oficio N*4897, de 03.09.2020, de la : Contraloría Regional de La Araucanía, Unidad Jurídica, en el marco de la Referencia N"W20987/2020, de la misma Entidad. 5) Presentación, de 16.08.2020, ante la Contraloría Regional de La Araucanía de don Juan Antonio Abarzúa Castro. SANTIAGO, DE: JEFE DEPARTAMENTO JURIDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO 07 p12 2024 A: SR, JUAN ANTONIO ABARZÚA CASTRO CALLE NEVADO DE CHILLÁN N*06441 TEMUCO jabarzuacOgmail.com . Mediante documento del ANT.4), el Ente de Control remitió a este Servicio, la denuncia efectuada por usted, en calidad de participante, relacionada con eventuales irregularidades en el concurso público llevado a cabo por el Instituto de Investigaciones Agropecuarias, Región de la Araucanía. Sobre el particular, cumplo con informar a Ud. lo siguiente: :
o El instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA) es una Corporación de Derecho Privado que se encuentra regida por sus estatutos y por las normas contenidas en el Código Civil referentes a las Corporaciones, como asimismo por
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el Reglamento N* 110 del Ministerio de Justicia relativo a la concesión de personalidad jurídica, (Aplica Dictamen N*%6149/272, de 07.11.1996).
Luego, se debe indicar que este Servicio, de manera reiterada, ha señalado, entre otros, mediante Dictamen N*1518/29, de 15.03.16, que corresponde a los Tribunales de Justicia determinar irregularidades o ¡legalidades de los concursos internos efectuados por una Corporación Municipal si los mismos ya se encuentran terminados; y mediante Dictamen N*37/4, de 03.01.08, Ordinarios N*1489 de 04.04.17, N*3951, de 27.07.18 y N*5636, de 06.11.2018, que corresponde también a los Tribunales de Justicia pronunciarse sobre la validez de un concurso público de antecedentes cuando ya ha operado la contratación de los funcionarios ganadores del mismo, de suerte tal que aplicando el aforismo jurídico según el cual donde existe la misma razón debe existir la misma disposición, resulta procedente emplear, en este caso, la referida doctrina, toda vez que de su presentación se colige que respecto al concurso de que se trata, aquel fue declarado desierto, según lo informado por el Director Nacional del Instituto de Investigaciones Agropecuarias, a través de respuesta a solicitud de acceso a la información N'AR001T0001598.
Saluda atentamente a Uad.,
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Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2775, de 7 de diciembre de 2021.
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