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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1490, de 30 de agosto de 2022

ORD. N°1490 — ORD. N°1490 Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia; La Direcc

Sumario

ORD. N°1490 Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia; La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado, toda vez que el asunto consultado se encuentra sometido a conocimiento de los Tribunales de Justicia.

Texto del pronunciamiento

Ju Qalco Departamento Jurídico y Fiscall SROn Unidad de Pronunciamientos, Innova. 490 ción y Estudios Laborales E. 114390 (750) 2022 ORDINARION“ 2... ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Competencia Dirección del Trabajo. Asunto sometido a conocimiento de los Tribunales de Justicia. . RESUMEN: La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado, toda vez que el asunto consultado se encuentra sometido a conocimiento de los Tribunales de Jus- ticia. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de fecha 05.08.2022 de Jefa de Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de fecha 28.05.2022 de Sr. Jacobo Herrera Espinoza. SANTIAGO, 30 A60 2022 DE: JEFA DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA (S) DIRECCIÓN DEL TRABAJO A: SR. JACOBO MARCELO HERRERA ESPINOZA CALLE NARANJA N*12476, COMUNA LA FLORIDA CHELOHERRERAESPINOZAOGMAIL.COM 1

Mediante ANT. 2) usted ingresó a este Servicio solicitud de pronunciamiento a fin de resolver su consulta acerca de las demandas presentadas por Ud. ante el 2” Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago y ante el Juzgado de Cobranza La- boral y Previsional de Santiago. Señala que la empresa continúa con giro comercial en 1* categoría, con domicilios en regiones. Agrega que no se pudo embargar de- bido a que no tiene bienes asociados a la empresa. Asimismo, solicita que se apli- que sanción y que no sigan contratando personas.

Al respecto, cumplo en informar a Ud. lo siguiente:

De los antecedentes aportados se pudo recabar que Ud. inició un procedi- miento ante el 2? Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, causa RIT O-2165- 2021, en contra de Establecimientos Gastronómicos Schmidt y Echeverria Limitada, en la cual se dictó sentencia con fecha 02.11.2021, acogiendo la demanda y decre- tando el pago de las indemnizaciones, feriado proporcional, cotizaciones previsio- nales adeudadas, remuneraciones por despido indirecto, entre otras.

A su vez, existe causa de cobranza llevada ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, causa RIT C-51 28-2021, entre las mismas par- tes, la cual se encuentra en etapa de embargo.

Aquello impide a esta Dirección emitir un pronunciamiento acerca de la ma- teria consultada, toda vez que del artículo 5” letra b) del D.F.L. N*2 de 1967, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, se infiere que la facultad de interpretar la le- gislación y reglamentación social concedida al Director del trabajo se encuentra li- mitada por la circunstancia de haber tomado conocimiento de que el respectivo asunto ha sido sometido a la resolución de los Tribunales de Justicia, caso en el cual deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado.

Misma conclusión se sigue al tenor de lo dispuesto en el artículo 76 inciso 1? de la Constitución Política de la República, la cual establece:

“La facultad de conocer las causas civiles y criminales, de resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los Tribunales establecidos por la

ley. Niel Presidente de la República ni el Congreso, pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o conte- nidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos.” 2

Por consiguiente, sobre la base de las disposiciones legales invocadas y consi- deraciones formuladas, cumplo con informar que esta Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado, toda vez que el asunto consultado se encuentra sometido a conocimiento de los Tribunales de Justicia. Saluda atentamente a usted,

Y rca ¡ ER DEL, ¿CHA IA : MA 7 i NATALIA POZÓ SANHUÉZA * A ABOGADA / o : JEFE DEPARTAMENTO JURÍBICO Y FISCALÍA (S) ¿la 1russ “ Distribución: - Jurídico - Partes - Control 3

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1490, de 30 de agosto de 2022.

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