Dirección del Trabajo
Ordinario N° 2192, de 21 de diciembre de 2022
ORD. N°2192 — ORD. N°2192 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; Esta Dirección
Sumario
ORD. N°2192 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; Esta Dirección deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado por tratarse una consulta de carácter genérico, respecto de la cual no se ha aportado antecedente alguno.
Texto del pronunciamiento
Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E264542 (1678) 2022 2 165% 2 A ORDINARIO N*: < ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Competencia Dirección del Trabajo. Consulta genérica. RESUMEN: Esta Dirección deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado por tratarse una consulta de carácter genérico, respecto de la cual no se ha aportado antecedente alguno. ANTECEDENTES: Presentación de 26.11.2022, de don Rhaldo Pérez González. SANTIAGO, —21D1C 202 DE: JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO A: — SR. RHALDO PÉREZ GONZÁLEZ
rhaldo0892(0qmail.com
Mediante presentación del antecedente, y en calidad de empleador, usted solicita un pronunciamiento jurídico que determine si la jornada laboral de los profesores de actividades deportivas puede estructurarse como jornada parcial, aplicando lo dispuesto en el artículo 40 C del Código del Trabajo. Añade, que la jornada tendría una duración máxima de 30 horas semanales, distribuidas de lunes a sábado y que no excedería de 10 horas diarias.
Sobre lo consultado, cumple anotar, que el solicitante no aporta información suficiente del empleador por el cual recurre. En efecto, la presentación no solo carece del nombre del empleador, sino que, ingresados los datos contenidos en el requerimiento en la Plataforma Única de Servicios de esta Dirección, tampoco fue
1
posible obtener información alguna que diera luces sobre el empleador de que se trata.
Cumple añadir, que el recurrente no indica si los trabajadores por los que consulta se desempeñan en un establecimiento educacional o en otro tipo de empresa que, atendido su actividad, contrate profesores para la realización de actividades deportivas. Esta información resulta imprescindible para efectos de determinar la normativa que les resulta aplicable. Tampoco acompaña antecedente alguno que se relacione con la consulta que formula.
De este modo, es dable indicar, que no corresponde que esta Dirección emita un pronunciamiento en los términos requeridos, por cuanto la doctrina institucional, frente a situaciones similares, ha precisado, en los Ordinarios N%5.160 de 19.10.2016 y 1.888 de 23.05.2019, entre otros, que no resulta jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncie, a priori o de modo genérico sobre materias determinadas sin contar con los antecedentes que permitan circunscribir el análisis a una situación particular.
En consecuencia, es posible informar, que esta Dirección deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado por tratarse de una consulta de carácter genérico, respecto de la cual no se ha aportado antecedente alguno.
Saluda atentamente a Uad.,
¡ DIRECCIÓN DEL TUBO] Y) GON DE¿ > o A 5 A asocaa | OLA, Ter LCD Natalia PÓZO ¿JEFE JS | OFICINA DE PARTES | ABOGADA SL AEREA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCARIS)] ui dr HE) DIRECCIÓN DEL TRABAJO E IKRF istribución - Jurídico - Partes - Control 2
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2192, de 21 de diciembre de 2022.
Más sobre Incompetencia por Materia Judicial
-
La Dirección del Trabajo se abstiene de pronunciarse sobre una situación particular por falta de antecedentes suficientes para verificar los hechos, sin perjuicio de la doctrina general que expone.
-
El empleador puede sancionar a sus trabajadores solo de forma racional y respetando el debido proceso, y la Dirección del Trabajo no puede intervenir en esa potestad disciplinaria.
-
La Dirección del Trabajo no puede conocer denuncias por irregularidades en sumarios administrativos de corporaciones municipales sobre personal regido por la Ley 19.378 mientras el proceso no haya concluido, criterio aplicable también a casos de acoso o violencia laboral.
Todos los pronunciamientos sobre Incompetencia por Materia Judicial
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Competencia y Facultades de la DT, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Competencia y Facultades de la DT¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.