Dirección del Trabajo
Ordinario N° 2264, de 30 de diciembre de 2022
ORD. N°2264 — ORD. N°2264 Salud y Seguridad en el trabajo; Deber de protección; Ley N°21.342,
Sumario
ORD. N°2264 Salud y Seguridad en el trabajo; Deber de protección; Ley N°21.342, de 2021; Uso de mascarillas; Atiende consulta acerca de las nuevas medidas de prevención de propagación de la enfermedad COVID-19, contenidas en el "Plan Seguimos cuidándonos" vigente desde el 01 de octubre del año en curso, específicamente, en cuanto a la obligación del uso de mascarillas de sus trabajadores.
Texto del pronunciamiento
de rección 208 ¡bdo o Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E 241817 (1559) (2022) 1) E 2 os ORDINARIO No: 4204 / | 7 199 hu PAE ACTUACIÓN: ( Aplica doctrina. Í MATERIA: Salud y Seguridad en el Trabajo. Deber de protección. Ley N*21.342 de 2021. RESUMEN: Atiende consulta acerca de las nuevas medidas de prevención de propagación de la enfermedad COVD-19, contenidas en el “Plan Seguimos cuidándonos” vigente desde el 01 de octubre del año en curso, específicamente, en cuanto a la obligación del uso de mascarillas de sus trabajadores. ANTECEDENTES: Ñ 1) Instrucciones de 22.11.2022 de Jefa de Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de 02.11.2022 del Sr. César González González SANTIAGO, 30DIC 202 DE: JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S)
DIRECCIÓN DEL. TRABAJO A: SR. CESAR IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ
SAN NICOLÁS N*1278, DEPTO.206,
cesar.ignacio22(0gmail.com
SAN MIGUEL
Mediante presentación del Ant.2)., Ud. ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento jurídico respecto a determinar si resulta obligatorio para la empresa exigir a sus dependientes el uso de mascarilla, considerando las nuevas medidas de prevención de propagación de la enfermedad COVID-19, contenidas en el “Plan Seguimos cuidándonos” vigente desde el 01 de octubre del año en curso.
Sobre el particular, cumplo con informar a Ud., que este Servicio mediante Ordinario N*1743 06.10.2022, precisó cuáles son los efectos de las modificaciones en materia de prevención, atendido el escenario epidemiológico actual de la pandemia provocada por la COVID-19 —que permite avanzar al escenario de apertura de la resolución N*1400 de 29.09.2002 del Ministerio de Salud, que estableció el plan
seguimos cuidándonos— en el protocolo de seguridad sanitaria del empleador, contemplado en la Ley N*21.342 de 2021.
El referido pronunciamiento jurídico destaca que, dentro del nuevo protocolo tipo dispuesto por la referida Superintendencia, mediante la Circular N*3.697 de 30.09.2022, en relación con las directrices impartidas por la Autoridad Sanitaria, entre otras medidas de prevención de contagio, el empleador deberá mantener mascarillas a disposición de aquellos trabajadores que opten por su utilización.
Ahora bien, en el caso de dudas acerca del uso obligatorio o voluntario de mascarillas en el lugar de trabajo de que se trata, corresponde que siga las recomendaciones impartidas al respecto por el administrador de la Ley N*16.744.- al que se encuentre afiliado.
Se adjunta enlace a la página institucional, que contiene la jurisprudencia citada:
https://www.adt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-122768.html
Es todo cuanto puedo informar al tenor de lo solicitado.
Saluda Atentamente a Ud.
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Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2264, de 30 de diciembre de 2022.
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