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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1810, de 30 de abril de 2013

ORD. N°1810 — ORD. N°1810 Remuneraciones; Aviso de no pago; Fue puesto en su conocimiento el

Sumario

ORD. N°1810 Remuneraciones; Aviso de no pago; Fue puesto en su conocimiento el hecho de haber sido sancionada la empresa Helmann Producciones y Eventos Limitada, como asimismo, se le indicó, que para efectos de solicitar una copia del informe de la fiscalización llevada a cabo, concurriera a la Inspección Provincial de Talca, según conta de correo electrónico de 02.04.2013, enviado por el fiscalizador que llevó a cabo la investigación de la denuncia, en respuesta a su consulta respecto de la tr

Texto del pronunciamiento

PA nes Gobiama de Chile » DEPARTAMENTO JURIDICO 1 e] 4 3 K.3654(627)/2013 CI sy Ju Y 29) MAT.: Atiende presentación que indica. ANT.: 1) Correo electrónico de Jefe Fiscalización de Inspección Comunal del Trabajo de Providencia, de 25.04.2013; 2) Ord. N*478 de Inspector Comunal del Trabajo de Providencia, de 10.04.2013; 3) Ord. N%1411 de Jefa Departamento Jurídico, de 04.04.2013; 4) Oficio N“000955 de don Alberto Precht Rorris, Presidente Comisión Defensora Ciudadana y Transparencia Administrativa, de 22.03.2013. SANTIAGO, 30 ABR 208 DE: DIRECTORA DEL TRABAJO A: SRA. CAROL CORREA CASTRO 32 ORIENTE 10 Y% SUR N*166 CARLOS TRUP carolcorrea_190hotmail.com Mediante oficio del antecedente 4), se ha solicitado de esta Dirección un pronunciamiento en relación a la presentación que Ud. efectuó ante esa Comisión, manifestando su disconformidad en relación a la tramitación de una denuncia formulada el 22.01.2013, ante la Inspección Provincia! del Trabajo de Talca, en contra de su empleador Helmann Producciones y Eventos Limitada, la cual fue derivada a la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia, bajo el N*273, y asignada a un funcionario de ésta para su investigación, sin que a la fecha se hubiese efectuado la fiscalización, hecho que la habría perjudicado toda vez que hacía tres meses que no recibía su remuneración, motivo por el que requiere se lleve a cabo dicha diligencia y se emita el pronunciamiento correspondiente. Sobre el particular, cumplo con informar a Ud. lo siguiente: De los antecedentes recabados en relación al asunto planteado, especialmente, del informe de fiscalización de fecha 31.03.2013, emitido por el funcionario Sr. Edgardo Arancibia A., dependiente de la mencionada Inspección Comunal del Trabajo, cuya copia se adjunta, es posible advertir, que la investigación de la denuncia N*273, fundada en la circunstancia de que no se habrían pagado, por parte del empleador, las remuneraciones de los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2012, se llevó a cabo en el mes de marzo recién pasado, observándose los procedimientos que, para tales efectos,

2 contempla este Servicio, pudiendo constatarse en esa Oportunidad, que el empleador Helmann Producciones y Eventos Limitada, no le pagó el sueldo base correspondiente al mes de octubre y noviembre de 1012, al igual, que el de enero y febrero 2013,

De tal manera que, como se desprende de los referidos antecedentes, constituyendo los hechos detectados una infracción a la legistación laboral, en virtud de las facultades que le confiere a este Servicio el D.F.L. N%2 de 1967, que constituye su Ley Orgánica, se aplicó a la empleadora una multa ascendente a 40 UTM equivalentes a $1.603.400, a la fecha de su constatación, lo que ocurrió el 28.03.2013,

Finalmente, cabe señalar, que fue puesto en su conocimiento el hecho de haber sido sancionada la empresa Helmann Producciones y Eventos Limitada, como asimismo, se le indicó, que para efectos de solicitar una copia del informe de la fiscalización llevada a cabo, concurriera a la Inspección Provincial de Talca, según consta de correo electrónico de 02.04.2013, enviado por el fiscalizador que llevó a cabo la investigación de la denuncia, en respuesta a su consulta respecto de la tramitación de la misma.

Saluda a Ud.,

DEN» y 5D Eforcrome) NY 1 A EN _ yARIRreECILIA SÁNCHEZ TORO LATE ABOGADA DIRECTORA DEL TRABAJO MA 20 Distribución: «Jurídico; -Pantes; -Contro!; -Presidente Comisión Defensora Ciudadana y Transparencia Administrativa.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1810, de 30 de abril de 2013.

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