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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 175, de 25 de marzo de 2025

ORD.N°175 — ORD.N°175 Centralización de documentación laboral y previsional; Los empleadores

Sumario

ORD.N°175 Centralización de documentación laboral y previsional; Los empleadores que cuenten con autorización vigente para centralizar su documentación laboral y previsional deberán exhibir los antecedentes de acuerdo a lo dispuesto en el Orden de Servicio N°6 de 11.03.2024.

Texto del pronunciamiento

Jon duro

Decade Pol Labao . o

Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e e ES02642 (14) 2024 175

ORDINARIO N*: _- 1

ACTUACIÓN:

Aplica doctrina.

MATERIA:

Centralización de documentación laboral y previsional. RESUMEN:

Los empleadores que cuenten con autorización vigente para centralizar su documentación laboral y previsional deberán exhibir los antecedentes de acuerdo a lo dispuesto en el Orden de Servicio N%6 de 11.03.2024 ANTECEDENTES:

1) Instrucciones de 03.03.2025 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Instrucciones de 31.01.2025 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

3) Presentación de 24.10.2024 dG) GD en representación de empresa Servicios Helpbank S.A,

MAR 2025 SANTIAGO, 25 DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRA. CS:

EMPRESA SERVICIOS HELPBANK S.A.

CA)

PROVIDENCIA

a)

Mediante su presentación del antecedente 3), usted ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento jurídico acerca de la posibilidad de exhibir copias de la documentación laboral en el contexto de un proceso de fiscalización.

A mayor abundamiento, indica la presentación que, debido a su giro comercial, requiere mantener centralizada la documentación laboral y previsional de sus trabajadores.

Es precisamente en tal contexto, que consulta si durante un proceso de fiscalización puede ofrecer copias de la documentación laboral y previsional que mantiene centralizada,

Aclarado lo anterior, es necesario indicar, en primer término, que actualmente la centralización de la documentación laboral y previsional se encuentra regulada por las disposiciones de la Orden de Servicio N*6 de 11.03.2024.

A su vez, respecto de la documentación que puede ser exhibida ante el inspector del trabajo, el N*4 letra 8) de la citada Orden de Servicio, establece:

e) Ofrecimiento para mantener copias de la documentación laboral y previsional en

los lugares de trabajo, En el respectivo formulario, el empleador deberá ofrecer

mantener la documentación laboral y previsional en los lugares de trabajo, en

fotocopias, copias digitalizadas o en formato electrónico, con la sola exclusión de lo

referido al registro de control de asistencia, cuya documentación original siempre

debe permanecer en la faena.

De este modo, es posible apreciar que el texto transcrito contempla expresamente la posibilidad de presentar copias de la documentación centralizada, en la medida que se dé cumplimiento a las demás normas de la misma regulación.

Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia consultada.

Saluda a Ua,,

/ DE 7 AS Lo NATALIA POZ() SANHUEZA > A RoG ADA «e lo JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍBIRO ¿9 IRECCIÓN/DEL TRABAJO den Distribución: - Jurídico; - Partes; - Control 2

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 175, de 25 de marzo de 2025.

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