Dirección del Trabajo
Ordinario N° 287, de 1 de junio de 2026
ORD.N°287 — ORD.N°287 Trabajadores de Conaf; Jornada de Trabajo; Ley Nº21.561; A los trabaj
Sumario
ORD.N°287 Trabajadores de Conaf; Jornada de Trabajo; Ley Nº21.561; A los trabajadores de la Corporación Nacional Forestal que realizan labores de carácter transitorio les son aplicables las normas de la ley Nº21.561 que reduce la jornada de trabajo a 40 horas, situación que no acontece respecto del personal permanente, quienes se encuentran regidos por el artículo 21 del D.L. Nº249, de 1973, del Ministerio de Hacienda, que establece una jornada ordinaria de trabajo de 44 horas semanales, distri
Texto del pronunciamiento
20 Dirección del 5, Trabajo Gobierno de Chile: Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho > e E118173/2026 E 7 ORD.: Ef MATERIA: Trabajadores de Conaf. Jornada de Trabajo. Ley N*21.561. RESUMEN: A los trabajadores de la Corporación Nacional Forestal que realizan labores de carácter transitorio les son aplicables las normas de la ley N*21.561 que reduce la jornada de trabajo a 40 horas, situación que no acontece respecto del personal permanente, quienes se encuentran regidos por el artículo 21 del D.L. N*249, de 1973, del Ministerio de Hacienda, que establece una jornada ordinaria de trabajo de 44 horas semanales, distribuida de lunes a viernes. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 11.05.2026, de Jefe Unidad de Dictamenes e Informes en Derecho (S). A Presentación de 05.05. . SANTIAGO, 01 JUN 20% DE : JEFE DEPARTAMENTO JURIDICO (S) A: HEN IE PUNTA ARENAS N*362, CASABLANCA VALPARAISO/
Mediante presentación del antecedente 2), se solicita a este Servicio un pronunciamiento que determine si resulta aplicable la ley N*21.561 al personal de la Corporación Nacional Forestal (CONAP).
Al respecto cabe señalar que la Corporación Nacional Forestal es una entidad de derecho privado que se rige por sus estatutos y en lo no contemplado en ellos por el título XXXIII del Código Civil, y las disposiciones del Decreto N”110 de 1979, del Ministerio de Justicia, sin perjuicio de que, en materia de remuneraciones se encuentra afecta al Decreto Ley N*249, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que regula la Escala Unica de Sueldos.
Por su parte, la doctrina de esta Dirección contenida en Ord. N*313, de 07.05.2025 ha señalado que en la Corporación Nacional Forestal se desempeña personal afecto a las normas del D.L. N*249, de 1974, del Ministerio de Hacienda, cuya jornada y remuneraciones están determinadas conforme a lo dispuesto en dicha normativa, aplicándose supletoriamente el Código del Trabajo y, adicionalmente, dependientes destinados a efectuar labores de carácter transitorio, quienes se encuentran afectos integramente a la regulación contenida en el mismo cuerpo legal.
De esta forma, a los trabajadores de Conaf que realizan labores de carácter transitorio les resultarían aplicables las normas de la ley N*21.561 que reduce la jornada de trabajo a 40 horas, situación que no acontece respecto del personal permanente, quienes se encuentran regidos por el artículo 21 del citado D.L. N”249, cuyo inciso 1” dispone
£ “Fíjase, para todo el personal de las Instituciones, Servicios y organismos señalados en el artículo 1? de este decreto ley, una jornada ordinaria de trabajo de 44 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes”.
Cabe indicar que entre las instituciones referidas en el artículo 1” del citado D.L. se encuentra la Conaf, circunstancia que hace aplicable a su personal permanente la regla establecida en el artículo 21 de dicho cuerpo legal que contempla una jornada de 44 horas semanales, distribuida de lunes a viernes.
De ello se sigue que el personal permanente de Conaf se encuentra excluido de la norma del artículo 22 del Código del Trabajo, sobre duración de la jornada, así como del artículo 28 que refiere a la distribución de la misma.
Lo anterior guarda armonía con la reciente doctrina administrativa de este Servicio contenida en dictamen N*272/24, de 25.05.2026, según la cual, las normas de la ley N*21.561 que reduce la jornada de trabajo a 40 horas, resultan aplicables a los trabajadores de carácter transitorio, mas no a aquellos que desempeñan labores permanentes, quienes se encuentran regidos por el artículo 21 del D.L. N*249, de 1973, del Ministerio de Hacienda, que establece una jornada ordinaria de trabajo de 44 horas semanales, distribuida de lunes a viernes.
En consecuencia, sobre la base de las consideraciones formuladas, jurisprudencia administrativa invocada y disposiciones legales citadas, cumplo con informar a Ud. que sobre la materia en consulta debe estarse a lo resuelto en el cuerpo del presente informe.
Saluda a Ud., hos CARREÑO ABOGADO JEFE DEPARTAMENTO JURIDICO (S) A : CORRECCIÓN DECUTRARAJO ; DIRECCIÓN DEL TRABAJO ¡ At AAA | O IE | a A MA rra ep j Reca OFICINA DE ARI ES : Distribución: menorca ae - Control.
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 287, de 1 de junio de 2026.
Artículos que cita
Más sobre Límite y Reducción de Jornada (Ley 21.561)
-
La norma aclara que no se puede pactar la eliminación del descanso de colación, ni siquiera de mutuo acuerdo, porque es un derecho irrenunciable del trabajador mientras dure el contrato. Además, precisa cómo aplicar la reducción de jornada de la Ley N°21.561 sin afectar ese descanso.
-
La norma establece que la reducción de jornada laboral de la Ley Nº21.561 no aplica a los asistentes de la educación de establecimientos particulares subvencionados, quienes mantienen su régimen de jornada según el artículo 39 de la Ley.
-
La norma aclara que la regla de proporcionalidad de remuneraciones solo aplica a trabajadores con jornada parcial (30 horas o menos semanales), no a otros casos. Resuelve dudas sobre su alcance.
Todos los pronunciamientos sobre Límite y Reducción de Jornada (Ley 21.561)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Jornada, Descansos y Feriados, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Jornada, Descansos y Feriados¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.