Saltar al contenido
Folium

Servicio de Impuestos Internos

Oficio N° 1350, de 4 de mayo de 2023

Oficio Ordinario SII N° 1350 (04/05/2023)

Texto del pronunciamiento

RENTA – LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 29, ART. 42 – DECRETO LEY N° 889 DE 1975, ART. 13 – CIRCULAR N° 93 DE 1976 (ORD. N° 1350, DE 04.05.2023). Deducción del artículo 13 del Decreto Ley N° 889 de 1975. De acuerdo con su presentación, un contribuyente que reside en la XII Región, el cual actualmente presta servicios administrativos como trabajador dependiente a una clínica ubicada en la misma región, se acoge a la deducción que establece el artículo 13 del Decreto Ley N° 889 de 1975 (DL N° 889). Dicho contribuyente será finiquitado y contratado posteriormente por una empresa dedicada a la prestación de servicios de “backoffice”, domiciliada en la Región Metropolitana, la que a su vez prestará servicios administrativos y contables a la misma clínica mencionada en el párrafo anterior. Considerando que el contribuyente mantendrá su residencia en la XII Región, realizando sus labores para su nuevo empleador mediante teletrabajo, solicita confirmar si dicho trabajador puede hacer uso de la deducción establecida en el artículo 13 del DL N° 889. Al respecto se informa que, conforme al artículo 13 del DL N° 889, en relación con el artículo 29 del mismo cuerpo legal, se permite a los contribuyentes del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR)1, que no gocen de gratificación de zona, efectuar una deducción2 de sus rentas del mencionado artículo 42, la cual no será constitutiva de renta únicamente para la determinación del impuesto único de segunda categoría (IUSC) y del impuesto global complementario (IGC). Para acceder a la deducción indicada, en lo que interesa, los contribuyentes deben residir en la XII Región, obtener rentas generadas en la misma región, clasificadas en el artículo 42 de la LIR y no gozar de gratificación de zona3. En particular, debe considerarse que las rentas que percibe un contribuyente de IUSC son generadas por su trabajo en calidad de dependiente, labor que en el caso consultado es realizada en su lugar de residencia. De esta manera, siendo las rentas que el trabajador percibe generadas en su calidad de trabajador dependiente, residente en la XII Región, afectándose con IUSC y sin gozar de gratificación de zona, es procedente la deducción del artículo 13 del DL N° 889. HERNÁN FRIGOLETT CORDOVA DIRECTOR Oficio N° 1350, de 04.05.2023 Subdirección Normativa Depto. de Impuesto Directos 1 Es decir, trabajadores dependientes e independientes. 2 El monto de la deducción asciende al monto o porcentaje que establece el Decreto Ley N° 249 de 1974. 3 Circular N° 93 de 1976.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 1350, de 4 de mayo de 2023.

Más sobre Rentas del Trabajo (Segunda Categoría)

  • 30 de octubre de 2026

    Oficio N° 2914

    El SII aclara que la obligación de retener e informar remuneraciones surge solo cuando se pagan efectivamente; si hay retraso, no corresponde multa al empleador por no incluirlas antes en la DJ 1887, pero al pagarse debe practicarse la retención e informarlas.

  • 13 de octubre de 2026

    Circular N° 39

    La Circular SII N° 39 de 2026 publica las tablas del impuesto único de segunda categoría y los valores de la UTM para noviembre de 2026, permitiendo calcular correctamente las retenciones de remuneraciones de ese mes.

  • 8 de octubre de 2026

    Oficio N° 2695

    El oficio aclara que las asignaciones de un director chileno en una sociedad extranjera no tributan según el artículo 48 de la LIR, sino como rentas del artículo 42 N° 2, cuando no hay dependencia laboral.

Todos los pronunciamientos sobre Rentas del Trabajo (Segunda Categoría)

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Impuesto a la Renta, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Impuesto a la Renta

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium