Abandono del procedimiento tras notificarse el auto de prueba a ambas partes
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 111190-2022 · 8 de enero de 2024
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 111190-2022
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Acogida casación fondo, anulada sentencia de
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 111190-2022 (8 de enero de 2024), acoge la casación de la demandante e invalida el fallo, porque ambas partes fueron notificadas del auto de prueba antes de seis meses y el artículo 432 entregaba el impulso al tribunal.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] Que, entonces, habiendo sido notificadas ambas partes de la sentencia interlocutoria de prueba antes de transcurrir seis meses desde su dictación, en semejante estado procesal resulta aplicable la hipótesis normativa que contempla el artículo 432 del Código de Procedimiento Civil, que regula el impulso procesal luego de haberse recibido las probanzas ofrecidas por las partes […]»
Corte Suprema, Rol 111190-2022 «[…] Que, entonces, habiendo sido notificadas ambas partes de la sentencia interlocutoria de prueba antes de transcurrir seis meses desde su dictación, en semejante estado procesal resulta aplicable la hipótesis normativa que contempla el artículo 432 del Código de Procedimiento Civil, que regula el impulso procesal luego de haberse recibido las probanzas ofrecidas por las partes […]» (Corte Suprema, Rol 111190-2022). «[…] Que, entonces, habiendo sido notificadas ambas partes de la sentencia interlocutoria de prueba antes de transcurrir seis meses desde su dictación, en semejante estado procesal resulta aplicable la hipótesis normativa que contempla el artículo 432 del Código de Procedimiento Civil, que regula el impulso procesal luego de haberse recibido las probanzas ofrecidas por las partes […]» (Corte Suprema, Rol 111190-2022). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/111190-2022-del-08-01-2024#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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Crear cuenta de pruebaNormas que aplica
- Art. 767 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 764 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 765 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 785 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 766 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 152 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 432 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 49 · Código de Procedimiento Civil