Autorización notarial del pagaré no exige presencia del suscriptor ante el notario
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 121792-2022 · 20 de enero de 2023
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 121792-2022
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechazado casación fondo por manifiesta falta de fundamento
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 121792-2022 (20 de enero de 2023), rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación en el fondo de la ejecutada, porque la autorización notarial no supone la presencia del firmante y la firma del pagaré está debidamente autorizada.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] Cabe recordar que la jurisprudencia de esta Corte ha resuelto reiteradamente que el concepto "autorización notarial" no supone la presencia de la persona cuya rúbrica se autentifica, y que, para los efectos del artículo 434 Nº4 del Código de Procedimiento Civil basta la sola actuación del ministro de fe, estampando que le consta la autenticidad de la firma del suscriptor, sin requerir ninguna otra actuación adicional para que el título tenga mérito ejecutivo […]»
Corte Suprema, Rol 121792-2022 «[…] Cabe recordar que la jurisprudencia de esta Corte ha resuelto reiteradamente que el concepto "autorización notarial" no supone la presencia de la persona cuya rúbrica se autentifica, y que, para los efectos del artículo 434 Nº4 del Código de Procedimiento Civil basta la sola actuación del ministro de fe, estampando que le consta la autenticidad de la firma del suscriptor, sin requerir ninguna otra actuación adicional para que el título tenga mérito ejecutivo […]» (Corte Suprema, Rol 121792-2022). «[…] Cabe recordar que la jurisprudencia de esta Corte ha resuelto reiteradamente que el concepto "autorización notarial" no supone la presencia de la persona cuya rúbrica se autentifica, y que, para los efectos del artículo 434 Nº4 del Código de Procedimiento Civil basta la sola actuación del ministro de fe, estampando que le consta la autenticidad de la firma del suscriptor, sin requerir ninguna otra actuación adicional para que el título tenga mérito ejecutivo […]» (Corte Suprema, Rol 121792-2022). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/121792-2022-del-20-01-2023#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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- Art. 782 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 772 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 464 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 434 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 401 · Código Orgánico de Tribunales
- Art. 425 · Código Orgánico de Tribunales
- Art. 17 · Código Civil
- Art. 426 · Código Orgánico de Tribunales