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Folium

Daños por accidente: la prescripción corre desde el hecho y no desde la condena penal

Corte Suprema · Primera Sala · Rol 13542-2015 · 9 de diciembre de 2015

Tribunal
Corte Suprema, Primera Sala
Rol
13542-2015
Fecha
Recurso
Casación fondo (civil)
Resultado
Rechazado casación fondo por manifiesta falta de f

Qué decidió

La Corte Suprema, en el Rol 13542-2015 (9 de diciembre de 2015), rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: los cuatro años del artículo 2332 del Código Civil corren desde el accidente de 2004 y habían vencido al notificarse la demanda en 2013.

Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.

Lo que dice el fallo

«[…] el artículo 2332 del Código Civil dispone que el plazo de prescripción extintiva de la acción de responsabilidad extracontractual será de cuatro años contados desde la perpetración del acto. Y contrariamente a lo planteado por el recurrente, el antecedente fáctico que motiva la pretensión del actor es el accidente ocurrido el día 9 de diciembre de 2004 y no la sentencia condenatoria en sede penal […]»

Corte Suprema, Rol 13542-2015

Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.

Fuente oficial

Base Jurisprudencial del Poder Judicial

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