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Artículo 2314 del Código Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 251 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 2314. El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnización; sin perjuicio de la pena que le impongan las leyes por el delito o cuasidelito.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fallos que lo aplican

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