Abandono del procedimiento con el término probatorio suspendido por la Ley 21.226
Corte Suprema · Tercera Sala · Rol 185943-2023 · 14 de junio de 2024
- Tribunal
- Corte Suprema, Tercera Sala
- Rol
- 185943-2023
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Acogida casación fondo, anulada sentencia de
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 185943-2023 (14 de junio de 2024), acoge la casación de los demandantes: el procedimiento estuvo suspendido hasta el 12 de octubre de 2022 y desde ahí hasta el incidente no pasaron los seis meses del artículo 152.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] lo cierto es que dicho estado procesal se extendió hasta el 12 de octubre de 2022, época en que el Primer Juzgado Civil de Temuco accedió a la tercera solicitud de los demandantes y dispuso la reanudación del procedimiento. Cabe hacer notar que, entre esta última resolución y la interposición del incidente de abandono, el 3 de abril de 2023, tampoco transcurrió el plazo exigido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil para la procedencia del incidente de abandono.»
Corte Suprema, Rol 185943-2023 «[…] lo cierto es que dicho estado procesal se extendió hasta el 12 de octubre de 2022, época en que el Primer Juzgado Civil de Temuco accedió a la tercera solicitud de los demandantes y dispuso la reanudación del procedimiento. Cabe hacer notar que, entre esta última resolución y la interposición del incidente de abandono, el 3 de abril de 2023, tampoco transcurrió el plazo exigido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil para la procedencia del incidente de abandono.» (Corte Suprema, Rol 185943-2023). «[…] lo cierto es que dicho estado procesal se extendió hasta el 12 de octubre de 2022, época en que el Primer Juzgado Civil de Temuco accedió a la tercera solicitud de los demandantes y dispuso la reanudación del procedimiento. Cabe hacer notar que, entre esta última resolución y la interposición del incidente de abandono, el 3 de abril de 2023, tampoco transcurrió el plazo exigido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil para la procedencia del incidente de abandono.» (Corte Suprema, Rol 185943-2023). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/185943-2023-del-14-06-2024#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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