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Folium

Caducidad laboral: basta demandar ante un juzgado del trabajo aunque sea incompetente

Corte Suprema · Cuarta Sala · Rol 217781-2023 · 13 de diciembre de 2023

Tribunal
Corte Suprema, Cuarta Sala
Rol
217781-2023
Fecha
Recurso
Queja (laboral)
Resultado
Acogido recurso de queja

Qué decidió

La Corte Suprema, en el Rol 217781-2023 (13 de diciembre de 2023), acoge la queja y rechaza la caducidad opuesta por el Fisco: los artículos 171 y 489 del Código del Trabajo solo exigen demandar ante el tribunal de la especialidad, y se hizo dentro de los sesenta días hábiles.

Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.

Lo que dice el fallo

«[…] basta que el denunciante presente su demanda ante el tribunal de la especialidad, en el caso de autos, un juzgado de letras del trabajo, para que se entienda que hasta su fecha de ingreso debe computarse el plazo de caducidad contenido en los artículos 171 y 489 del Código del Trabajo, que se cuenta desde la separación de la trabajadora.»

Corte Suprema, Rol 217781-2023

Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.

Fuente oficial

Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial — El documento no tiene un enlace directo estable: se consulta por el rol en la Oficina Judicial Virtual (Corte Suprema).

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