Prescripción de seis años por declaración maliciosamente falsa y juez tributario delegado
Corte Suprema · Tercera Sala · Rol 2759-2005 · 22 de diciembre de 2005
- Tribunal
- Corte Suprema, Tercera Sala
- Rol
- 2759-2005
- Fecha
- Recurso
- Casación forma y fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 2759-2005 (22 de diciembre de 2005), rechaza las casaciones del contribuyente: la incompetencia alegada era del juez de primera instancia, no de la Corte de Rancagua, y la declaración maliciosamente falsa permitía el plazo de seis años.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] Ya se ha expresado reiteradamente, en otros asuntos de que ha conocido esta Corte Suprema, que en este caso se trata de una malicia de orden tributario, esto es, la conciencia que tiene el contribuyente de que está adjuntando documentos no fidedignos o falsos, o que está ocultando antecedentes con el objeto de disminuir sus impuestos, como en este caso, y no de la malicia o dolo penal, como elemento subjetivo del tipo, o del dolo civil que por lo general debe probarse.»
Corte Suprema, Rol 2759-2005 «[…] Ya se ha expresado reiteradamente, en otros asuntos de que ha conocido esta Corte Suprema, que en este caso se trata de una malicia de orden tributario, esto es, la conciencia que tiene el contribuyente de que está adjuntando documentos no fidedignos o falsos, o que está ocultando antecedentes con el objeto de disminuir sus impuestos, como en este caso, y no de la malicia o dolo penal, como elemento subjetivo del tipo, o del dolo civil que por lo general debe probarse.» (Corte Suprema, Rol 2759-2005). «[…] Ya se ha expresado reiteradamente, en otros asuntos de que ha conocido esta Corte Suprema, que en este caso se trata de una malicia de orden tributario, esto es, la conciencia que tiene el contribuyente de que está adjuntando documentos no fidedignos o falsos, o que está ocultando antecedentes con el objeto de disminuir sus impuestos, como en este caso, y no de la malicia o dolo penal, como elemento subjetivo del tipo, o del dolo civil que por lo general debe probarse.» (Corte Suprema, Rol 2759-2005). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/2759-2005-del-22-12-2005#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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