Distracción dolosa de derechos sociales de la sociedad conyugal cedidos tras el divorcio
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 345-2013 · 16 de junio de 2014
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 345-2013
- Fecha
- Recurso
- Casación forma y fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 345-2013 (16 de junio de 2014), rechaza la casación del demandado: los derechos en una sociedad limitada constituida durante la sociedad conyugal ingresan a su haber absoluto, y el dolo fijado por presunciones no es revisable.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] En la especie, los derechos sociales de que se trata, fueron adquiridos a título oneroso durante la vigencia de la sociedad conyugal, lo que, conforme al artículo 1725 del Código Civil, hace que estos ingresen siempre al haber real o absoluto de la misma […]»
Corte Suprema, Rol 345-2013 «[…] En la especie, los derechos sociales de que se trata, fueron adquiridos a título oneroso durante la vigencia de la sociedad conyugal, lo que, conforme al artículo 1725 del Código Civil, hace que estos ingresen siempre al haber real o absoluto de la misma […]» (Corte Suprema, Rol 345-2013). «[…] En la especie, los derechos sociales de que se trata, fueron adquiridos a título oneroso durante la vigencia de la sociedad conyugal, lo que, conforme al artículo 1725 del Código Civil, hace que estos ingresen siempre al haber real o absoluto de la misma […]» (Corte Suprema, Rol 345-2013). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/345-2013-del-16-06-2014#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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