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Artículo 426 del Código de Procedimiento Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 189 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 426 (428). Las presunciones como medios probatorios, se regirán por las disposiciones del artículo 1712 del Código Civil. Una sola presunción puede constituir plena prueba cuando, a juicio del tribunal, tenga caracteres de gravedad y precisión suficientes para formar su convencimiento.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fallos que lo aplican

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