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Folium

Prescripción de cuatro años para la acción por pérdida de carga en depósito mercantil

Corte Suprema · Primera Sala · Rol 4259-2007 · 29 de octubre de 2008

Tribunal
Corte Suprema, Primera Sala
Rol
4259-2007
Fecha
Recurso
Casación fondo (civil)
Resultado
Rechaza casacion en el fondo

Qué decidió

La Corte Suprema, en el Rol 4259-2007 (29 de octubre de 2008), rechaza la casación de la aseguradora: las acciones del depósito mercantil prescriben en cuatro años según el artículo 822 del Código de Comercio, aunque la obligación incumplida esté en el Código Civil.

Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.

Lo que dice el fallo

«[…] Que, por consiguiente, sólo cabe concluir que tratándose de una obligación emanada de un contrato de depósito mercantil, el término de prescripción de la acción es de cuatro años, aún cuando la específica obligación de que se trate no haya sido especialmente incluida en Título XIV del Libro II del Código de Comercio.»

Corte Suprema, Rol 4259-2007

Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.

Fuente oficial

Base Jurisprudencial del Poder Judicial

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