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Folium

Pérdida por enajenación de acciones: régimen general si no se cumple el artículo 107

Corte Suprema · Segunda Sala · Rol 5389-2018 · 27 de marzo de 2023

Tribunal
Corte Suprema, Segunda Sala
Rol
5389-2018
Fecha
Recurso
Casación forma y fondo (civil)
Resultado
Sentencia de reemplazo

Qué decidió

La Corte Suprema, en el Rol 5389-2018 (27 de marzo de 2023), revoca y acoge el reclamo de Sociedad Marítima de Inversiones S.A.: sin los requisitos copulativos del artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, la pérdida se rige por el régimen general.

Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.

Lo que dice el fallo

«[…] los requisitos exigidos para que una enajenación de acciones se pueda acoger al régimen tributario excepcional previsto por dicho precepto, son generales y copulativos respecto de todas las enajenación de acciones efectuada por sociedades anónimas abiertas constituidas en Chile con presencia bursátil, por lo que necesariamente deben verificarse en su totalidad, independiente del resultado de utilidad o de pérdida que pueda generar la operación.»

Corte Suprema, Rol 5389-2018

Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.

Fuente oficial

Base Jurisprudencial del Poder Judicial

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