Reclamo de ilegalidad municipal: el plazo para reclamar ante la Corte corre en febrero
Corte Suprema · Tercera Sala · Rol 5828-2011 · 22 de septiembre de 2011
- Tribunal
- Corte Suprema, Tercera Sala
- Rol
- 5828-2011
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 5828-2011 (22 de septiembre de 2011), rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de Inversiones y Servicios Tresmontes Limitada, porque el plazo del reclamo se rige por el artículo 50 del Código Civil y no se suspende en el feriado judicial.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] para los efectos de computar el plazo de quince días previsto en la letra d) del artículo 141 de la Ley N° 18.695 no puede excluirse el lapso del feriado judicial, ya que durante ese período no se suspende ni se interrumpe aquél.»
Corte Suprema, Rol 5828-2011 «[…] para los efectos de computar el plazo de quince días previsto en la letra d) del artículo 141 de la Ley N° 18.695 no puede excluirse el lapso del feriado judicial, ya que durante ese período no se suspende ni se interrumpe aquél.» (Corte Suprema, Rol 5828-2011). «[…] para los efectos de computar el plazo de quince días previsto en la letra d) del artículo 141 de la Ley N° 18.695 no puede excluirse el lapso del feriado judicial, ya que durante ese período no se suspende ni se interrumpe aquél.» (Corte Suprema, Rol 5828-2011). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/5828-2011-del-22-09-2011#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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